Zonas permitidas de circulación y límites de velocidad para bicicletas y patinetes en València

Encara no saps per on pots circular amb la teua bici o patinet? A València Extra, fem una recopilació amb els punts més destacats

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A la espera de que el Ayuntamiento de València lance la nueva campaña informativa – prevista para este mes de septiembre – que tendrá como objetivo dar a conocer todos los detalles de la actual Ordenanza de Movilidad, que entraba en vigor el pasado 8 de junio, siempre viene bien hacer un recopilatorio de algunos puntos de interés general como, por ejemplo, las zonas de circulación permitidas y los límites de velocidad establecidos para cada tipo de vehículo.

Así, en el caso de los patinetes, que se dividen en tipo A y B en función de su tamaño, la ordenanza especifica que deberán circular, preferentemente y por este orden, por los carriles bici situados a cota de calzada sin superar los 20 km/h; por los carriles bici sobre las aceras sin superar los 15 km/h; por las ciclocalles o vías de sentido único limitadas a 30 km/h; por calles residenciales o zonas 30; y por las calles para peatones siempre sin superar los 10 km/h, a excepción de los patinetes tipo B que no podrán circular por este tipo de calles. Además, se marca una edad mínima de circulación que se fija en los 16 años.

Por su parte, los usuarios de bicicletas deberán circular, preferentemente, por los carriles bici segregados de la calzada sin superar los 20 km/h, de la misma manera que se permite su circulación por los carriles bici marcados sobre las aceras sin superar los 15 km/h. En cuanto a la circulación de las bicicletas por la calzada, la nueva ordenanza no lo prohíbe, siempre y cuando no lo hagan a una velocidad extremadamente reducida o se trate de túneles que no cuenten con un carril bici segregado. Eso sí, se prohíbe su circulación por los carriles reservados para el transporte público, salvo que estuviera permitido mediante señalización.

Por supuesto, también se permite la circulación de las bicicletas por las ciclocalles con un límite de velocidad de 30 km/h, así como en las calles residenciales y zonas 30, manteniendo una velocidad que no ponga en riesgo al peatón. Además, en las calles para peatones, con circulación restringida para los vehículos a motor, se permitirá la circulación de bicicletas, que no podrán superar los 10 km/h.

Para ambos tipos de vehículos, la circulación por la acera está prohibida, excepto a los menores de ocho años que vayan acompañados de una persona adulta a pie. De esta manera, la Ordenanza de Movilidad deja claro que cuando una persona usuaria de estos vehículos, durante su trayecto, tuviera que acceder a la acera, deberá hacerlo bajando de la bicicleta, el patinete o demás vehículos de movilidad personal a motor.

Sin embargo, como explicaba el concejal de Movilidad del Ayuntamiento de València, Giuseppe Grezzi, a València Extra, “la Ordenanza también afecta a los vehículos de motor, como coches o motos, que deben saber, por ejemplo, dónde no está permitido estacionar y cuáles son los límites de velocidad, y más cuando el 70% de las calles de València son de 30 km/h”.

Ordenanza de Movilidad de València

https://valenciaextra.com/wp-content/uploads/2019/09/Ordenança-de-Mobilitat.pdf

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