A finales del mes de abril, el pleno municipal daba vía libre a la nueva Ordenanza de Movilidad que, en sus 55 artículos, recoge las propuestas presentadas por la ciudadanía, entidades sociales y empresariales, y que regula, entre otros aspectos, el uso de la bici y de otros vehículos de movilidad personal, como los patinetes, poniendo límites de velocidad y prioridades de paso, pero también marcando por dónde pueden circular y de qué manera.
Sin duda, una “normativa de futuro”, como la definía el concejal de Movilidad del Ayuntamiento de València en funciones, Giuseppe Grezzi, que “sigue las directrices de la Dirección General de Tráfico, y que continúa en la línea de la reducción de accidentes”.
Ahora, la nueva Ordenanza de Movilidad de València está a punto de entrar en vigor. Concretamente, el próximo sábado, 8 de junio, comienzan a aplicarse las regulaciones establecidas en esta nueva normativa que, entre otras medidas, prohíbe la circulación por la acera de los patinetes y las bicicletas, excepto a los menores de ocho años que vayan acompañados de una persona adulta a pie.
Más detalles sobre la regulación de los patinetes por València con la nueva Ordenanza de Movilidad
En este sentido, se especifica que cuando la persona usuaria de estos vehículos, durante su trayecto, tenga que acceder a la acera, deberá hacerlo bajando de la bicicleta, el patinete o demás vehículos de movilidad personal a motor. Asimismo, establece otras prohibiciones como el uso del móvil o de cualquier otro sistema de comunicación que implique el uso manual, así como la utilización de cascos o auriculares conectados a reproductores de sonido.
Sin embargo, uno de los puntos más destacados de esta ordenanza son las zonas de circulación permitidas y los límites de velocidad establecidos. Así, en el caso de los patinetes, divididos en tipo A y B en función de su tamaño, deberán circular, preferentemente y por este orden, por los carriles bici situados a cota de calzada sin superar los 20 km/h; por los carriles bici sobre las aceras sin superar los 15 km/h; por las ciclocalles o vías de sentido único limitadas a 30 km/h; por calles residenciales o zonas 30; y por las calles para peatones siempre sin superar los 10 km/h, a excepción de los patinetes tipo B que no podrán circular por este tipo de calles. Además, se marca una edad mínima de circulación que se fija en los 16 años.
¿Por dónde está permitido que circulen las bicicletas? Toda la información
Por su parte, los usuarios de bicicletas deberán circular, preferentemente, por los carriles bici segregados de la calzada sin superar los 20 km/h, de la misma manera que se permite su circulación por los carriles bici marcados sobre las aceras sin superar los 15 km/h. En cuanto a la circulación de las bicicletas por la calzada, la nueva ordenanza no lo prohíbe, siempre y cuando no lo hagan a una velocidad extremadamente reducida o se trate de túneles que no cuenten con un carril bici segregado.
Asimismo, también establece una serie de prioridades a tener en cuenta. Y es que si se especifica que las bicicletas deberán respetar la prioridad de los peatones en los itinerarios de acceso a las paradas de autobús, cruces de calzada y en los pasos para peatones señalizados, las bicicletas tendrán prioridad sobre los peatones cuando circulen por los carriles bici, a excepción de los casos anteriormente descritos.
Este sábado entra en vigor la nueva Ordenanza de Movilidad, y de su cumplimiento dependerá que la convivencia entre peatones y vehículos sea la adecuada.