Valencia ya huele a Fallas. La pólvora ha inundado las calles de la ciudad, pero también los monumentos falleros que se preparan para la plantà. No obstante, a pesar de que la fiesta ya invade Valencia, desde el consistorio se busca también respetar el descanso vecinal y el bienestar animal. En este sentido, ha limitado el uso de petardos durante las Fallas 2025. Pero, ¿cuándo no se podrá tirar petardos en Valencia?
¿Qué dice el bando de Fallas sobre los horarios para tirar petardos?
De acuerdo con el bando fallero, que marca las normas para el desarrollo de la fiesta grande de la ciudad, se recomienda no tirar petardos entre las 9:00 y las 10:00 horas, salvo que se trate de la recogida de la fallera mayor de la comisión; ni tampoco entre las 15:00 y las 17:00 horas para respetar el horario de la siesta.
Pese a que no se trata de una prohibición, se aconseja seguir estas recomendaciones para encontrar un equilibrio entre la diversión y el descanso de los vecinos y vecinas.

Horario para las verbenas y discomóviles de Fallas
Del 15 al 18 de marzo, el Ayuntamiento de Valencia autoriza la realización de verbenas y discomóviles por las Fallas 2025. No obstante, estas actividades sí que tendrán la obligación de seguir una serie de normas:
- Si se trata de un tardeo, se realizará de 17:00 a 22:00 horas.
- Las fiestas nocturnas serán entre las 22:00 y las 04:00 horas.
- En el caso de verbenas, discomóviles y actividades musicales similares, podrán realizarse en el casal o en la zona de actividades autorizada en horario de tarde o de noche, sin posibilidad de realizarlas en ambos horarios en un mismo día.

Además, la instalación de verbenas populares y discomóviles en el entorno de edificios o monumentos sujetos a un especial régimen de protección patrimonial quedará condicionada al cumplimiento de las limitaciones o prohibiciones que se deriven de dicho régimen. En este sentido, se recomienda a las comisiones falleras del entorno de la Lonja, Mercado Central y Ruzafa, que realicen sus verbenas y actividades con ambientación musical en el horario vespertino.
El bando recuerda también que “se tendrá en cuenta el artículo 38 de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano que prohíbe la colocación de letreros y carteles publicitarios, conducciones aparentes y elementos impropios en los jardines históricos y en las fachadas y cubiertas de los monumentos, así como de todos aquellos elementos que menoscaben o impidan su adecuada apreciación o contemplación”. A este respecto, el Ayuntamiento incide en que “se tendrán en consideración los entornos o las visuales respecto a los monumentos más importantes, como por ejemplo la Llotja o el Mercado Central”.
Limitación sonora
Las modificaciones introducidas en este sentido establecen que en el interior de las carpas ubicadas en el dominio público “no se podrán superar 85 decibelios (dB) con limitador y sin registrador” (hay que recordar que el 80% de las fallas hacen su actividad dentro de las carpas). Y, además, durante la celebración de verbenas, discomóviles y otras actividades con emisiones sonoras al aire libre, “no se podrán sobrepasar los 90 dB, y se exigirá el limitador- registrador”.