Ya se conocen todos los detalles acerca del proceso de admisión y matriculación del alumnado en los colegios de Valencia, Alicante y Castellón. Este año, se incorpora una novedad importante: el distrito escolar único. De esta manera, las familias podrán elegir hasta 12 colegios – ordenados según preferencia – independientemente de si estos centros se encuentran en su área de residencia. Una medida que se ha impulsado desde la Conselleria de Educación para “dar más libertad a las familias que podrán elegir dónde escolarizar a sus hijos e hijas”.
Este distrito escolar único también ha comportado una serie de cambios en los criterios de valoración. Y es que los centros educativos podrán dar un punto extra al futuro alumnado, teniendo en cuenta una serie de criterios. Pero, ¿cómo conseguir el punto extra en la admisión de alumnos?
En primer lugar, cabe recordar que, en el caso de los colegios públicos, será el consejo escolar quien otorgue este punto extra; y en el de los concertados, correrá a cargo de la titularidad del centro. De esta manera, los centros podrán elegir un total de cuatro criterios diferentes, de entre los 22, para asignar este punto extra al alumnado, siempre que cumpla al menos uno de los criterios.
- Existencia de hermanos o hermanas, u otros niños o adolescentes integrantes de la familia de acogida o guardadora con fines de adopción, matriculados en el centro.
- Proximidad del domicilio donde resida el alumno o alumna o del puesto de trabajo de alguno de sus padres, madres o tutores legales.
- Renta per cápita de la unidad familiar o que la persona sea beneficiaria de la renta valenciana de inclusión.
- Si los padres o tutores legales son trabajadores del centro docente.
- La concurrencia de discapacidad en el alumnado, en sus padres, madres o tutores legales, o hermanos y hermanas.
- Por familia numerosa, parto múltiple o familia monoparental.
- Simultaneidad con enseñanzas profesionales de música o de danza, la condición de deportista de élite, de alto nivel o de alto rendimiento, así como el personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunitat Valenciana.
- Expediente académico para la admisión al Bachillerato.
- Condición de antiguo alumno del centro bien del interesado, de sus padres o alguno de los hermanos u otros niños o adolescentes integrantes de la familia de acogida o guardadora con fines de adopción.
- Estar matriculado en el primer ciclo de Educación infantil en un centro autorizado para impartir estas enseñanzas, así como estar matriculado en el primer ciclo de Educación infantil en un centro autorizado para impartir estas enseñanzas que sea de la misma titularidad, fundación, asociación o cooperativa, o que los padres o tutores del alumno participante realicen una actividad laboral o profesional remunerada.
- Que los padres o tutores legales del alumno se encuentren en situación de desempleo.
Desde la Dirección General de Centros Docentes se ha elaborado un cuestionario para que los centros comuniquen la fecha de aprobación por el consejo escolar de los centros públicos o la titularidad de los centros privados y concertados de las circunstancias específicas por las que podrá asignarse un punto al alumnado, así como las circunstancias específicas que se han determinado y en su caso la documentación justificativa necesaria para su acreditación.
Todas las circunstancias señaladas deberán ser convenientemente acreditadas durante el proceso de admisión con diferente tipo de documentación, entre la que se incluye el libro de familia, certificados de empadronamiento, contratos de trabajo o diferentes tipos de certificados. La Inspección Educativa será la responsable de la supervisión, de oficio y a todos los centros, de la o las circunstancias específicas no coincidentes comunicadas a través del cuestionario.
Por último, recuerda que ya se conocen las fechas de admisión y matrícula en los centros educativos de la Comunitat Valenciana, que puedes consultar a través del enlace.