Sucesos

Condenan a 6 meses de prisión por usar una marca de aceite al dueño de un taller de coches de Rafelbunyol

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia lo ha condenado a 6 meses de prisión y otros seis más sin poder ejercer la profesión

Marc Durà/Europa Press

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Un coche circulando (archivo) - Jesús Hellín - Europa Press

El dueño de un taller de coches en Rafelbunyol ha sido condenado a 6 meses de prisión más seis meses de inhabilitación para ejercer la profesión en la automoción. El acusado por un delito contra la propiedad industrial habría utilizado presuntamente una marca de aceite y lubricante sin permiso. Asimismo, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha emitido la resolución y la conformidad entre las partes con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal, donde el procesado reconoció los delitos y se mostró de acuerdo con la condena, obligándolo además a pagar una multa de 272 euros.

La Sala absuelve a otras cuatro personas --dos hombres y dos mujeres-- respecto de los cuales la Fiscalía retiró la acusación al entender que no estaba acreditado que conocieran el origen ilícito de los productos y del uso de los distintivos.

Según el relato de hechos probados que consta en la resolución, el condenado, administrador único del establecimiento desde julio de 2013, usó la marca de forma fraudulenta al menos desde el segundo semestre del año 2014 en el nombre del taller, en la razón social de su empresa, en los productos a la venta, en la publicidad de la web y en el rótulo del establecimiento.

Pese a que sabía que no había comprado los productos a los distribuidores oficiales y exclusivos, el mecánico comercializaba aceites, grasas y lubricantes en los que figuraban etiquetas impresas con denominación de la mercantil perjudicada que habían sido confeccionadas por él o encargadas a un tercero y confundibles por tanto con los productos de la citada marca.

Venta de las participaciones del taller

El condenado vendió sus participaciones del taller al resto de acusados que han resultado ahora absueltos, respecto de los que no consta que supieran que su comportamiento era ilícito, dado que intentaron conseguir el registro de la marca.

El perjuicio ocasionado a la empresa titular de la marca, que no reclama y ha renunciado al ejercicio de acciones civiles y penales y se ha apartado del procedimiento, está cifrado en más 129.000 euros. La sentencia ha sido declarada firme, concluye el Alto Tribunal valenciano.