Subvenciones para el fomento de la participación ciudadana y el asociacionismo

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Palau de la Generalitat Valenciana
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La Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, a través de la Dirección General de Participación Ciudadana, ha convocado subvenciones para el fomento de la participación ciudadana y el asociacionismo destinadas a promover las actividades relacionadas con la materia que pongan en marcha tanto entidades locales como ciudadanas durante este ejercicio.

El objetivo de estas ayudas es, por tanto, dar impulso a aquellas acciones que tengan como finalidad principal el fomento de la participación de la ciudadanía en la gestión de las entidades locales (como por ejemplo municipios, mancomunidades y otras fórmulas similares); el fortalecimiento del tejido social y asociativo para canalizar esa participación en asuntos de interés público, así como de la cultura democrática y participativa de su población; el cumplimiento de la Agenda 2030, o promover la cooperación interasociativa y el trabajo en red con otras entidades.

Para conseguir esas metas se tendrán que llevar a cabo actividades como las que se contemplan en las bases de la convocatoria, entre las que figuran acciones de formación tanto para el personal de las asociaciones o de los entes locales como para la ciudadanía (cursos, seminarios, congresos...); actividades cívicas, sociales y culturales relacionadas con el objeto específico de cada convocatoria; espacios, talleres, jornadas, coloquios y foros abiertos de diálogo, debate e intercambio de ideas y experiencias.

Asimismo, se llevarán a cabo iniciativas y propuestas para la realización de procesos participativos (presupuestos, agenda local, planes urbanísticos, ordenanzas, etc.); la información y divulgación sobre estas cuestiones (realización de estudios, investigaciones, materiales, guías, boletines, trabajos); el diseño y la ejecución de instrumentos y herramientas que favorezcan la participación ciudadana como, por ejemplo, redes ciudadanas, plataformas digitales, herramientas tecnológicas para la participación virtual (conexión con otras web y redes ciudadanas), encuentros asociativos, etc.; campañas de sensibilización; el establecimiento de órganos de participación (consejos ciudadanos, defensor del vecino o vecina, consejos territoriales de participación o comités cívicos, entre otros); o el asesoramiento a la ciudadanía sobre la materia.

Con el ánimo de contribuir a sufragar los gastos que produce la puesta en marcha de todas esas iniciativas, se ha destinado un crédito de 625.000 euros para las subvenciones destinadas a los proyectos de las entidades ciudadanas y de 436.700 euros para los de las entidades locales.

En el primer caso, la cuantía máxima a la que puede aspirar cada plan será de hasta 25.000 euros cuando se trate de confederaciones y federaciones de asociaciones independientemente de su ámbito territorial así como fundaciones y asociaciones de ámbito autonómico, y de hasta 6.000 euros cuando se trate de fundaciones y asociaciones de ámbito inferior al autonómico; mientras que respecto a las entidades locales la financiación máxima por proyecto será de hasta 5.000 euros en todos los casos.

Así, el presupuesto total reservado para estas ayudas es de 1.061.700 euros. Sin embargo, cabe la posibilidad de que se incremente ese crédito con 312.500 euros (para entidades ciudadanas) y 225.000 euros (para entidades locales) en caso de que se declare la disponibilidad de ese dinero y se apruebe la modificación presupuestaria antes de que se resuelva la concesión de las subvenciones.

Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el día 3 de abril (20 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOGV) y se tendrá que realizar exclusivamente de manera telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, accediendo al buscador de trámites y servicios (consultar aquí), así como desde la página web de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática (entidades ciudadanas: consultar aquí; entidades locales de más de 5.000 habitantes: consultar aquí; entidades locales de hasta 5.000 habitantes: consultar aquí).

Hay que recordar que las instancias tienen que incluir el proyecto para el que se piden las subvenciones así como los méritos alegados para obtener las puntuaciones requeridas, y se tendrá que hacer mediante los modelos normalizados que se adjuntan en las bases de la convocatoria.

Además, en ese sentido cabe apuntar que la concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva y la valoración se hará de acuerdo con los criterios objetivos establecidos en la misma, de modo que solo podrán optar a recibir los fondos aquellos proyectos que superen los 50 puntos y el reparto se hará por orden de calificación de mayor a menor hasta agotar el presupuesto.

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