El presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, anunciaba, hace unos días, que las elecciones generales se celebrarán el 23 de julio de 2023, apenas dos meses después de las elecciones municipales y autonómicas celebradas el 28 de mayo. Esta fecha, en pleno verano, plantea interrogantes sobre qué sucede si alguien se encuentra de vacaciones y es seleccionado para formar parte de una mesa electoral. ¿Qué pasa si tengo un viaje contratado y me toca en una mesa electoral?
Aunque tener un viaje contratado no está contemplado como una justificación válida para no acudir a la mesa electoral, existen razones específicas en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) que pueden ser alegadas ante la Junta Electoral de Zona. Una de estas razones es la concurrencia de eventos familiares de especial relevancia que sean inaplazables o que generen perjuicios económicos importantes, siempre y cuando el interesado sea el protagonista o tenga un parentesco de hasta segundo grado de consanguinidad.
Sin embargo, es importante destacar que “un viaje contratado” no se encuentra específicamente incluido en la lista de justificaciones aceptadas. Ante esta situación, las asociaciones de consumidores han solicitado a las Juntas Electorales de Zona que flexibilicen sus criterios, a fin de evitar una avalancha de reclamaciones por cancelaciones de viajes. Asimismo, instan a las agencias de viajes, compañías aéreas, hoteles y otras empresas del sector a que atiendan las anulaciones por "causa de fuerza mayor" y reembolsen a los consumidores afectados el importe correspondiente a las vacaciones que no podrán disfrutar. Es importante tener en cuenta que cada compañía tiene su propia política de cancelación, por lo que se recomienda revisar los términos y condiciones al respecto.
Por otro lado, otra duda que ha surgido tras el anuncio del adelanto electoral es si es posible empadronarse en el municipio vacacional para poder votar. Como en todas las elecciones, el censo electoral utilizado para los comicios del 23 de julio se cierra el primer día del segundo mes anterior a la convocatoria. En este caso, para poder votar en la localidad donde se disfruta de las vacaciones, se debió haber realizado el empadronamiento antes del 1 de marzo de 2023 como fecha límite.
Ante estas circunstancias, es importante que los ciudadanos estén informados sobre las opciones disponibles y los plazos establecidos para garantizar su participación en las elecciones, incluso en caso de tener viajes contratados. La flexibilidad por parte de las Juntas Electorales de Zona y la colaboración de las empresas del sector turístico resultarán fundamentales para encontrar soluciones satisfactorias y minimizar las posibles inconveniencias para los votantes y consumidores afectados.