El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sido tajante. Este órgano continental ve ilegal que las empleadas de hogar (un colectivo compuesto al 95% por mujeres) no tengan derecho a cobrar el desempleo en España. Una sentencia que acelerará cambios en los derechos de este grupo profesional y que desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social se han marcado como “prioridad”.
De hecho, el Ministerio ya incluyó en el Plan Anual Normativo la reforma del Texto refundido de la Ley General de La Seguridad Social en materia de desempleo para incorporar la prestación por desempleo para este colectivo. Esta resolución europea supone un paso decisivo para el reconocimiento de los derechos de las mujeres empleadas del hogar y su igualdad respecto al resto de trabajadores.
Durante la pandemia, Trabajo puso en marcha por primera vez un subsidio que daba cobertura por desempleo para este colectivo. Según fuentes del Ministerio, pese a las dificultades para materializarse por las particularidades de afiliación especial y de cotización de este colectivo, fue "muy positivo y efectivo".
Trabajo también ha llevado a cabo dos campañas específicas sobre las empleadas del hogar, que permitió, en la primera de ellas, que más de 32.000 personas vieran mejoradas sus condiciones salariales y laborales.
Equiparación de derechos
Desde los sindicatos de UGT y CCOO piden acelerar los trámites de la ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre trabajadoras y trabajadores domésticos, actualmente en tramitación. En cuanto el Ministerio de Asuntos Exteriores reciba el informe preceptivo del Consejo de Estado, se llevará al Consejo de Ministros para poder enviarlo a las Cortes. El Ministerio de Trabajo ya ha realizado todos los trámites que le corresponden para su ratificación.
Para UGT, resulta "imprescindible" abordar "de inmediato" en el marco del diálogo social la relación laboral y de Seguridad Social de estas trabajadoras para avanzar en la equiparación de derechos.
CCOO, por su parte, ha recordado que la inclusión de las empleadas de hogar en el sistema de protección por desempleo fue un compromiso que se asumió en la reforma de Seguridad Social de 2011 que se ha incumplido.
Enfermedades laborales de trabajos feminizados
Por su parte, desde Compromís se trabaja para que el parlamento valenciano inste al Gobierno central a realizar las modificaciones legislativas pertinentes para incluir en el listado de enfermedades laborales las que derivan, principalmente, de trabajos feminizados y precarios, como el de las cuidadoras y el de las camareras de piso.
Concretamente, la portavoz adjunta de la coalición en Les Corts Valencianes, Mònica Álvaro, denuncia que “las trabajadoras tienen mayor probabilidad de sufrir enfermedades profesionales, en comparación con los trabajadores, a consecuencia de una mayor exposición de las mujeres a trabajos repetitivos como el que se tiene que hacer en la manipulación de frutas, la limpieza, el cuidado de personas o la hostelería”.
Unas enfermedades que afectan mayoritariamente a la musculatura o la espalda a consecuencia de posturas y sobrecargas. Según el informe anual de la Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana (CEV), al cierre de 2021 se habían notificado 1.090 partes de este tipo de enfermedades, de los cuales 611 las sufrían mujeres, frente a los 479 que provenían de hombres. “Unos resultados que no sorprenden, sino que vienen a avalar el que ya sabíamos que existe: desigualdad también ocupacional", incide Álvaro.
Instituciones como el Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) hace tiempo que han advertido en sus estudios e informes sobre las diferencias de género en relación con la salud y seguridad al trabajo y "mientras que la siniestralidad laboral de los accidentes laborales es mucho más alta en los hombres, las enfermedades laborales afectan más a las mujeres", responde la portavoz, un hecho que “el Gobierno a Madrid no puede continuar obviando”.