El acceso a la vivienda es una problemática que afecta a miles de valencianos y valencianas de todas las edades. Sin embargo, es una realidad más acuciante entre las personas jóvenes debido a, entre otros factores, la precariedad laboral en el empleo y la subida generalizada de los precios. De hecho, según los datos del informe del Observario de Emancipación Juvenil de la Comunitat Valenciana, tan solo el 13,4 % de los menores de 30 años se había independizado en el primer semestre del pasado 2022.
Es por ello que las administraciones públicas han puesto en marcha acciones de choque para revertir esta situación y facilitar su acceso a una casa. Un ejemplo de estas iniciativas ha sido el Bono Alquiler Joven, que la Generalitat Valenciana lanzó el pasado año 2022 en su primera edición. Ahora, la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática reedita esta ayuda económica de 250 euros mensuales (en total, 6000 euros repartidos en 24 mensualidades) que está dirigida a las personas de menos de 35 años para el pago del alquiler durante dos años o 24 meses.
Así, la nueva edición abarcará los años 2023 y 2024 y tendrá un presupuesto total de 52,8 millones de euros de los que 26 millones se destinarán al pago de la ayuda en 2023 y los 26 en el ejercicio 2024. Hoy 2 de mayo se abre el plazo para presentar las solicitudes y permanecerá abierto hasta el próximo 2 de junio.
Requisitos para solicitar el Bono Joven Vivienda de Alquiler
- Tener hasta 35 años, incluida la edad de 35 años, en el momento de pedir la ayuda.
- Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias tendrán que encontrarse en situación de estancia o residencia regular en España.
- Tener un contrato de arrendamiento o cesión de uso de la vivienda o habitación ubicado en la Comunitat Valenciana, o estar en condiciones de subscribirlo (hay un plazo de dos meses a partir del siguiente a la publicación de la concesión de la ayuda en el DOGV).
- La vivienda o habitación arrendada tendrá que constituir la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria o cesionaria y de las demás personas que integran la unidad de convivencia, lo cual tendrá que acreditarse mediante certificado colectivo o volante único de empadronamiento.
- El alquiler o la cesión de la vivienda tiene que ser igual o menor de 770 euros mensuales; en el caso de alquiler o cesión de habitación tiene que ser igual o menor a 300 euros mensuales.
- Que en ningún caso y en ninguna mensualidad, la suma de las ayudas recibidas por las personas que convivan en la vivienda supere el precio del alquiler o de la cesión.
Cómo solicitar el bono
Habrá dos formas de solicitar esta ayuda: telemáticamente y de forma presencial. Para pedirla telemáticamente, en primer lugar se deberá pedir cita previa a través de esta página web y luego se deberá rellenar un formulario electrónico en el día y hora que se ha obtenido la cita previa. Para cumplimentar el formulario, será necesario disponer de un certificado digital.

Si se opta por solicitar la ayuda presencialmente porque no se tiene un certificado digital, habrá que rellenar el formulario "SOLICITUD. Presentación no autenticada" para después imprimir el justificante y entregarlo firmado y con la documentación necesaria en un registro de los Servicios Territoriales de Vivienda y Arquitectura bioclimática (en València se encuentra en la calle Gregorio Gea número 27).
Además, también se puede solicitar cita previa presencial en los Servicios Territoriales de Vivienda y Arquitectura Bioclimática para obtener ayuda a la hora de cumplimentar el formulario telemático. Se pueden consultar todos los detalles sobre el proceso de solicitud en este enlace.