La Generalitat ha declarado hoy el nivel de Preemergencia 3 del Plan Especial frente al Riesgo de Incendios Forestales (PEIF) en todo el territorio de la Comunitat Valenciana, desde el jueves 10 de agosto, hasta el martes 15 de agosto de 2023, ambos inclusive.
Las conselleras de Justicia e Interior y Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio, Elisa Nuñez y Salomé Pradas, respectivamente, han mantenido un encuentro de coordinación para valorar las medidas que se van a aplicar atendiendo a este nuevo episodio de temperaturas extremas en la Comunitat Valenciana.
Ambos departamentos han emitido una resolución conjunta para el establecimiento de una serie de prohibiciones y restricciones en los terrenos forestales, especialmente en los Parques Naturales.
Esta declaración de Preemergencia coordinada se establece ante la previsión de la llegada de una masa de aire cálido que provocará un importante ascenso de las temperaturas máximas y mínimas, a lo que se suma la falta de precipitaciones durante los últimos meses, la concentración en estos días del mayor número de desplazamientos con destino y salida de la Comunidad Valenciana y la celebración de espectáculos y festividades en numerosas localidades.
Medidas de obligado cumplimento
La declaración del nivel de Preemergencia 3 supone la entrada en vigor de una serie de medidas de protección extraordinarias de obligado cumplimiento en los terrenos forestales de la Comunitat Valenciana. En primer lugar, se procede a la suspensión de determinadas obras y trabajos en los terrenos forestales o sus inmediaciones. Del mismo modo, también se prohíbe el uso festivo-recreativo del fuego por motivos festivos en terrenos forestales y en la zona de influencia forestal (hasta 500 metros).
Otra de las medidas de protección está dirigida a imposibilitar cualquier actividad de encender fuego en los terrenos forestales y en la zona de influencia forestal (hasta 500 metros). Asimismo, se suspende cualquier tipo de autorización otorgada para circulación deportiva por terrenos forestales.
Con motivo de esta situación meteorológica extraordinaria, se han establecido otras restricciones adicionales. Entre ellas, figura la prohibición de circular por las pistas y caminos forestales, con cualquier tipo de vehículo, bicicleta o a pie, dentro de los parques naturales que se citan a continuación, excepto el tránsito de vehículos para actuaciones de gestión, abastecimiento, mantenimiento, vigilancia, acceso a residencias, explotaciones agrarias o instalaciones de servicios enclavadas dentro del mismo parque.
Los terrenos forestales que se acogen a esta obligación son los parques de Serra d’Irta; Penyagolosa; Desert de les Palmes; Tinença de Benifassà; Serra d’Espadà; Serra Calderona; Chera-Sot de Chera; Puebla de San Miguel; el espacio fluvial del Túria; Hoces del Cabriel; Serra de Mariola; Font Roja; El Montgó; Serra Gelada; Prat de Cabanes-Torreblanca; Marjal Pego-Oliva y la zona forestal del parque natural de l’Albufera.
Asimismo, se incapacita practicar cualquier prueba deportiva que transcurra por terreno forestal, y se suspenden las ya autorizadas para el periodo indicado. Por último, las áreas de acampada y campamentos gestionados por la Generalitat, y los albergues, campamentos y campings ubicados en terrenos forestales, no podrán realizar actividades físicas y/o recreativas fuera de las instalaciones propias de los mismos.