La Diputació deja en manos del Tribunal Supremo la situación laboral de los técnicos municipales

La corporació pacta amb els jutjats congelar les desenes de vistes pendents fins que l'alt tribunal fixe doctrina

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La Diputacio de Valéncia ha presentado un recurso extraordinario ante el Tribunal Supremo con la finalidad de que sea al Alto Tribunal el que fije doctrina respecto al conflicto que mantienen los ayuntamientos valencianos de menos de 5.000 habitantes con la Inspección de Trabajo.

Los municipios defienden que los técnicos contratados a través de los convenios que desde hace 30 años la Diputació venía firmando con los colegios profesionales, son trabajadores autónomos, mientras que la Inspección de Trabajo entiende ahora que se trata de personal laboral, por lo que reclama a los ayuntamientos las correspondientes cuotas a la Seguridad Social de estos supuestos empleados municipales.

El primer caso que llegará al Tribunal Supremo se refiere a una denuncia de un aparejador/arquitecto técnico que prestaba sus servicios en el Ayuntamiento de Yátova amparado en el convenio entre la Diputació y su colegio profesional. Este técnico presentó una reclamación ante un juzgado de lo social con la finalidad de que se le reconociera una relación laboral con el ayuntamiento y no de carácter administrativo. Tanto el juzgado de lo social número 5 como el TSJ-CV, en la sentencia del 22 de junio de 2017, concluyeron que “la prestación de servicios analizada puede encuadrarse entre los contratos de consultoría y servicios descritos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas”, con lo que “no se podía calificar como laboral la relación que mantuvo el ayuntamiento codemandado con el técnico denunciante en su condición de aparejador/arquitecto técnico”.

Por lo pronto, y al margen del caso de Yátova, de las 187 inspecciones practicadas por Trabajo en los distintos ayuntamientos desde 2015, la Diputació tiene constancia de que se han dictado 33 resoluciones judiciales, de las que 3 (Alfahuir, Dos Aguas y Palma) han sido favorables a la tesis de la Diputació y el resto dan la razón a la Inspección de Trabajo.

Los servicios jurídicos de la Diputació, aplicando el principio de prudencia y eficacia administrativa, han solicitado a los diferentes juzgados que se suspendan las vistas de las causas no juzgadas a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia-CV resuelva los recursos presentados por las partes a las primeras 33 sentencias y el Tribunal Supremo fije doctrina. Los letrados de ambas partes y los titulares de los juzgados han accedido a aplazar las vistas en espera de lo que dicten los altos tribunales de justicia.

La Diputació ha señalado que los servicios jurídicos seguirán prestando asesoramiento a los ayuntamientos afectados por unas inspecciones que se refieren a convenios firmados durante décadas y que hasta el momento no habían supuesto ningún problema legal ni laboral a los municipios. En cualquier caso, señalan que se trata de una cuestión jurídicamente compleja, hasta el punto que necesitará de una unificación de doctrina por parte del Supremo. De hecho, la Diputació defiende que cada caso debería tener un tratamiento diferenciado porque la relación contractual de los técnicos era distinto según el ayuntamiento.

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