Confinamiento perimetral: ¿Puedo viajar entre las provincias de la Comunitat Valenciana?

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El presidente de la Generalitat, Ximo Puig, anunció ayer el cierre perimetral de la Comunitat Valenciana. Con la implantación de esta norma los residentes de la Comunitat no pueden desplazarse fuera de esta, salvo por causas justificadas. Pero, ¿pueden los residentes moverse entre las provincias? Es una de las preguntas que pueden surgir después del anuncio de ayer jueves del cierre perimetral de la Comunitat Valenciana como medida preventiva para frenar la propagación del coronavirus.

A partir de hoy viernes, con la implantación de la nueva norma los residentes no pueden salir de la Comunitat, pero sí moverse entre las provincias de la autonomía. Se puede viajar sin problema por Castelló, València o Alicante, e incluso a otro municipio ubicado en otra provincia de la Comunitat Valenciana diferente a la que se reside.

Las excepciones para salir de la Comunitat Valenciana

Las comunidades autónomas han establecido algunas excepciones para realizar desplazamientos fuera de las mismas, siempre que exista un motivo justificado. Estas excepciones son las previstas por el decreto del estado de alarma publicado en el BOE:

a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

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