Política

Turisme convoca una línea de ayudas directas a profesionales y empresas del sector turístico valenciano

El termini per a la presentació de sol·licituds s'iniciarà el 22 de febrer i finalitzara el 22 de març

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Recepción de un hotel

El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado este jueves el Decreto 21/2021, de 5 de febrero, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y de concesión directa de ayudas a profesionales del sector turístico y empresas turísticas que desarrollen sus actividades en la Comunitat Valenciana.

Turisme Comunitat Valenciana destinará un total de 18 millones de euros en ayudas directas a profesionales del sector turístico y empresas turísticas que desarrollen sus actividades en la Comunitat Valenciana.

El Decreto 21/2021, de 5 de febrero, del Consell, incluye entre los destinatarios de las ayudas a los establecimientos en los que tiene lugar la estancia turística, a las empresas que actúan en el ámbito de la intermediación entre oferta y demanda turística y al conjunto de la oferta turística experiencial que, en clave calidad y producto turístico, contribuye a diferenciar a la Comunitat Valenciana de otros destinos competidores.

Las ayudas directas articuladas a través del mencionado decreto tendrán como beneficiarias a las personas y entidades titulares de alojamientos turísticos y agencias de viajes inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana, así como a personas físicas o jurídicas adheridas a alguno de los siguientes programas de política turística promovidos por Turisme Comunitat Valenciana: CreaTurisme, SICTED, L'Exquisit Mediterrani y Mediterranew Musix.

El secretario autonómico de Turisme, Francesc Colomer ha resaltado que "estas ayudas responden a la necesidad de inyectar liquidez a las empresas del sector en un momento en que necesitan resistir".

Además, ha explicado que "estas ayudas reflejan el relato y la estrategia de puesta en valor del alojamiento, el producto singular y de aquellos que trabajan para ofrecer servicios turísticos de calidad que ayuden a reforzar nuestro destino".

Francesc Colomer ha hecho hincapié en que "estas ayudas complementan el Plan Resistir de la Generalitat y son compatibles con otras subvenciones o recursos procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales".

Personas beneficiarias de las ayudas

Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que, a fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

1. Formar parte de alguno de los siguientes colectivos:

a) Ser titular de un establecimiento de alojamiento turístico inscrito en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana de los establecidos en el artículo 2, apartado a), de este decreto.

b) Ser titular de una agencia de viajes inscrita en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.

c) Estar adherido a alguno de los siguientes programas de política turística promovidos por Turisme Comunitat Valenciana: CreaTurisme, SICTED, L'Exquisit Mediterrani, o Mediterranew Musix.

2. En el caso de que la persona solicitante sea trabajadora autónoma, esta deberá, además, figurar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, así como en el Impuesto de Actividades Económicas a fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes.

3. En el caso de que sea una persona jurídica, esta deberá, además, estar dada de alta en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria a fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes.

4. Tener domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.

5. No incurrir en alguna de las prohibiciones previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Importe y distribución de las ayudas

a) Para titulares de establecimientos de alojamiento turístico se destinará un importe global máximo de 9.100.000 euros.

- Alojamientos Hoteleros del Grupo Primero (Hoteles)

· De hasta 50 plazas: 2.500 euros

· De 51 a 100 plazas: 6.000 euros

· De 101 a 200 plazas: 10.000 euros

· De 201 a 400 plazas: 17.000 euros

· De 401 a 600 plazas: 25.000 euros

· De 601 a 800 plazas: 35.000 euros

· De más de 800 plazas: 45.000 euros

- Alojamientos Hoteleros del Grupo Segundo (Hostales), Tercero (Pensiones) y albergues urbanos: 1.000 euros

- Empresas gestoras de viviendas turísticas:

· De hasta 500 plazas: 1.000 euros

· De más de 500 plazas: 1.800 euros

- Bloques y conjuntos apartamentos turísticos:

· De hasta 50 unidades alojativas. 2.000 euros

· De 51 a 100 unidades alojativas: 5.000 euros

· De más de 100 unidades alojativas: 8.000 euros

- Campings:

· De hasta 500 plazas: 3.000 euros

· De 501 a 1.000 plazas: 7.000 euros

· De más de 1.000 plazas: 11.000 euros

-Alojamientos rurales:

· Casas rurales: 500 euros

· Albergues rurales: 1.000 euros

b) Para titulares de agencias de viajes inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana: 3.500 euros

La ayuda ascenderá a 4.000 euros si está, además, adherida a los programas CreaTurisme o SICTED.

Para estas ayudas a agencias de viajes se destinará un importe global máximo de 2.500.000 euros.

c) Para personas físicas o jurídicas adheridas a alguno de los siguientes programas de política turística:

- CreaTurisme: 2.500 euros

- SICTED: 2.500 euros

- L'Exquisit Mediterrani: 9.000 euros. Si la persona solicitante dispone, además, de uno, dos o tres galardones estrellas Michelín, la ayuda será de 18.000 euros por galardón obtenido y en vigor.

- Mediterranew Musix: La ayuda será de 6.500 euros, si la persona o entidad que formula la solicitud está adherida a la categoría FEST LITE; de 16.000,00 euros, si lo está a la categoría FEST, o de 75.000,00 euros, si lo está a la categoría GRAN FEST.

A los programas de política turística CreaTurisme, SICTED, L'Exquisit Mediterrani y/o Mediterranew Musix se destinará un importe global máximo de 6.400.000 euros.

Presentación de solicitudes

La presentación será telemática y requerirá que la persona solicitante disponga de firma electrónica avanzada.

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 12.00 horas del 22 de febrero de 2021 y finalizará a las 12.00 horas del 22 de marzo de 2021.

A partir de ese fecha se podrá presentar la solicitud telemáticamente en el apartado Empresas de la Sede Electrónica de la Generalitat que se puede consultar en la página web.