El Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, encargado del conocido como caso Imelsa, ha ordenado buscar tanto en España como en el extranjero posibles bienes del expresidente de la Diputación de Valencia Alfonso Rus; del ex secretario autonómico de Educación Máximo Caturla y de Marcos Benavent, exgerente de Imelsa.
Así se desprende de la diligencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, contra la que cabe interponer recurso de reforma en el plazo de tres días.
La jueza da así un nuevo impulso al caso Imelsa, destapado en marzo de 2015, y en este caso se centra en los investigados Rus; Caturla; Benavent; el exvicepresidente de la Diputación y exalcalde de Moncada con el PP Juan José Medina; dos supuestos testaferros en Imelsa, Jaime Úbeda y José Estarlich; y Mariano López, exsuegro de Benavent, a quienes se les atribuye delitos de malversación de caudales públicos, cohecho, blanqueo de capitales, falsedad en documento oficial y prevaricación.
Junto a ellos, la investigación se extiende a Rafael García Barat, administrador de Thematica Events, mercantil en la que participaba Benavent, quien se ha llegado a autodenominar 'yonki del dinero'; y Carlos Turró, de Cleop.
En este caso será la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos la encargada de localizar en España y/o en el extranjero bienes de los investigados en este procedimiento.
Esta posibilidad está amparada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuyo artículo 367 establece que el juez o tribunal, de oficio o a instancia del ministerio fiscal o de la propia Oficina, podrá encomendar la localización, conservación y administración de los efectos y ganancias procedentes de actividades delictivas cometidas en el marco de una organización criminal a la Oficina de Recuperación.
La norma habilita a la Oficina a intercambiar información con los organismos de terceros Estados que tengan entre sus competencias la recuperación de activos, cuando resulte conveniente, en el ejercicio de sus funciones. Así, puede requerir a otro país información sobre bienes de un investigado, bien porque la encomienda así lo disponga, o bien porque la propia oficina espontáneamente lo considere necesario para la mejor ejecución de lo requerido.