El Ayuntamiento de València ha resuelto inadmitir el escrito presentado por el expresidente de la Generalitat Francisco Camps (PP) en el que solicitaba la ejecución y cumplimiento del convenio de colaboración de 2007 entre el consistorio y el Ente Gestor de la Red de Transporte y de Puertos de la Generalitat en relación con la Fórmula 1 y el PAI del Grao al considerar que no ostenta la condición de interesado en este proceso, no tiene legitimación ni tampoco es de aplicación la acción pública que alegaba el peticionario para exigirlo.Camps también solicitaba en su escrito que se le informara de los responsables de la ejecución y que se le considerara personado en todos los expedientes. Sin embargo, el consistorio subraya que es "claro y notorio" que un convenio, aunque fuera urbanístico, "no tiene el carácter un instrumento de planeamiento ni de ordenación territorial", por lo que "no puede verse amparado por la acción pública en materia urbanística".En su respuesta, la Oficina de Programación del consistorio le comunica además que, para personarse en un expediente, se debe tener la condición de interesado y él no la tiene al no encontrarse dentro de ninguno de los supuestos incluidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP) dado que se trata de un convenio interadministrativo.Asimismo, señala que la legitimación en materia contractual, naturaleza atribuible a los convenios, "no es universal sino que se reconoce exclusivamente a aquellos cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados".El consistorio, que sí que reconoce a Camps el acceso a la información que tiene cualquier persona que ostente capacidad de obrar, explica que sus obligaciones en relación con este convenio eran poner a disposición de GTP los terrenos necesarios para poder las obras; acometer los procesos de planificación y gestión Urbanística del Sector de suelo urbanizable NPR-4 'Grao'; el compromiso a tramitar una ordenanza con un canon de urbanización para la financiación del proyecto repercutiendo en los propietarios el coste real de la actuación o cualquier otra fórmula que el Ayuntamiento considerara adecuada y suscribir las actas de recepción de las obras.Por ello, además, informa del estado de la situación, desde la puesta a disposición de los terrenos, la aprobación por la Generalitat en 2010 de la modificación del PGOU de València en el ámbito 'Grao-Cocoteros', así como el Plan Parcial Sector 'Grao', y la aprobación en 2011 de la opción por la gestión directa en la tramitación del PAI para el desarrollo del sector del Grao, gestionado por Aumsa, y el inicio de la tramitación del PAI con una alternativa técnica, que se integraba por un proyecto de urbanización que respondía a la ejecución de la infraestructura viaria para la F1.El consistorio sigue explicando que, en diciembre de 2015, la Conselleria de Vivienda elevó una propuesta, aprobada en 2016 por el Consell, por la que se declaró la renuncia de la Generalitat a la celebración de los nuevos grandes premios de Fórmula 1, "por razones de oportunidad", y dio por finalizadas las actuaciones que tenía que realizar para ejecutar la infraestructura y las instalaciones complementarias en ese ámbito el circuito urbano para la F1.Ante la renuncia, el Ayuntamiento de València, en marzo de 2017, dispuso considerar "de interés público" para garantizar un adecuado desarrollo urbanístico del Grao, que Aumsa, en el marco de la gestión directa del PAI, elaborara los documentos integrantes de su Alternativa Técnica "adaptados a la nueva realidad". Actualmente se ha solicitado el cambio al régimen de gestión por los propietarios, solicitud que se encuentra en estudio. Las obras se recibieron en diciembre de 2009.En cuanto a la imposición de un canon mediante ordenanza, el Ayuntamiento señalaba que no ha tramitado y que se gestionará a través del propio PAI "como carga de urbanización de todo aquello que sea repercutible en los propietarios".