El Consell ha aprobado el decreto por el que se aprueba la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Juego de la Comunitat Valenciana, tal y como establece la Ley 1/2020 de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana.
El objeto de esta norma es regular la organización y funcionamiento de la Comisión de Juego, que se constituye como el órgano consultivo, de estudio y asesoramiento en materia de juego, para garantizar la participación de las distintas partes afectadas por la actividad del juego y permitir un abordaje integral del fenómeno del juego en nuestra sociedad.
La comisión está adscrita a la Conselleria competente en materia de juego, en concreto a la conselleria de Hacienda y Modelo Económico y tiene como principales funciones la lucha contra el juego patológico, promover iniciativas para fomentar las políticas de juego responsable y lucha contra el juego patológico, así como colaborar en la elaboración y realizar el seguimiento de la Estrategia Valenciana Integral de Prevención y Tratamiento del Juego Patológico y de sus planes de acción.
También, se encargará de informar sobre los proyectos de ley y disposiciones de carácter general que en materia de juego deba aprobar el Consell; comunicar previamente la inclusión de nuevos juegos en el catálogo de Juegos, y emitir informe sobre los acuerdos para la instalación de nuevos Casinos de Juego.
Asimismo, llevará a la consideración de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico todas las iniciativas y estudios que considere oportunos en materia de juego; analizará la situación del sector del juego y de su incidencia en la sociedad valenciana, y aprobará el informe anual de la actividad de juego en la Comunitat Valenciana.
Composición
De acuerdo con su carácter consultivo, se ha configurado la composición de la comisión como tripartita: Generalitat, representación sindical y empresarial del sector y entidades sociales y de investigación.
De este modo, se pretende que puedan confluir en un solo órgano los diferentes intereses a los que responde la Ley 1/2020, dentro del ámbito funcional al que alcanza la competencia de la Generalitat en materia de juego, lo que excluye a los que están sometidos a la reserva exclusiva de la Administración del Estado.
Así, la Generalitat se personaliza a través de sus departamentos; el sector, mediante asociaciones y organizaciones sindicales y empresariales; y las entidades sociales y de investigación por asociaciones dedicadas a la prevención y rehabilitación de la ludopatía, vecinales, junto con organismos de investigación universitaria especializados en la ludopatía y el Consell Valencià de la Joventut.
En concreto, la Presidencia corresponde al titular de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico y la Vicepresidencia a la persona que ostente la titularidad de la Secretaría Autonómica con competencias en materia de juego.
Las vocalías corresponderán, entre otras, a las personas que ostenten la titularidad de la Dirección General en materia de Juego, y se incluye por primera vez como vocales a representantes de los departamentos de Salud, Educación, Infancia y Adolescencia, Atención Primaria y Autonomía Personal, Administración Local, Economía Sostenible y Coordinación del Diálogo.
También, de forma novedosa, junto a los representantes empresariales y sindicales, se incluye a representantes de asociaciones dedicadas a la prevención y rehabilitación de la ludopatía, asociaciones de defensa de las personas consumidoras, asociaciones de vecinos y representantes de unidades o centros de investigación universitarios especializados en ludopatía y el Consell Valencià de la Joventut.
La Comisión de Juego deberá emitir anualmente un informe sobre la situación del juego en la Comunitat Valenciana, que será elevado por su presidente al Consell. El informe se hará público en la web correspondiente tras la toma de razón del mismo por el Consell.