La Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha emitido una nueva resolución por la que se establece el plan de actuación ante la pandemia causada por la COVID-19 en los recursos dirigidos a personas con diversidad funcional y salud mental, por la que se establece que los centros diurnos con alta cobertura de vacunación deberán garantizar la atención presencial de todas las personas usuarias.
La resolución, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), actualiza la normativa y establece que las visitas a estos centros de familiares u otras personas ajenas a los mismos, deberán cumplir las exigencias determinadas por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública respecto a su situación frente a la COVID-19, ya sea su estado de vacunación, de recuperación o poseer una prueba diagnóstica negativa.
Se introduce una nueva categorización en la que se considerará un centro residencial con alta cobertura cuando más del 80% de las personas residentes y trabajadoras han recibido una pauta de vacunación completa (1 o 2 dosis más el tiempo indicado según la vacuna recibida). Por debajo de esto, es un centro con baja cobertura de vacunación.
En el caso de los de alta cobertura la capacidad de atención del centro será del cien por cien de las personas usuarias, mientras que en aquellos con baja cobertura que no puedan garantizar las medidas de distancia de seguridad, se seguirá con la organización de turnos rotativos y se marcará en el plan de atención la ratio establecida en cada uno de los turnos rotatorios.
Comedor y salidas vacacionales
La resolución también actualiza la normativa para los comedores de los centros de atención diurna, y establece que en aquellos casos en los que todas las personas pertenezcan a un mismo grupo de convivencia estable no será necesario mantener la distancia interpersonal de 1,5 metros. En el resto de casos si que se mantendrá.
Asimismo, cuando en un mismo turno de comedor participe más de un grupo de convivencia estable tendrán que mantener una distancia de 1,5 metros entre los grupos.
Otra de las novedades se encuentra en las salidas vacacionales, que hasta ahora era de un mínimo de 7 días, y ahora se reduce a 4, en aquellos casos en los que el municipio donde se encuentra el centro está en nivel de alerta 0 o 1. Para niveles de alerta superiores la persona residente deberá contar con la pauta de vacunación completa, o su salida deberá ser por un periodo de más de 7 días.
Esta reducción en el número de días que componen una salida vacacional tiene por objeto facilitar que las personas que se encuentran en un centro residencial puedan desplazarse a sus hogares con sus familias para disfrutar de las Navidades.
Las salidas no podrán realizarse en el caso de que en el domicilio al que acuden resida una persona con sintomatología compatible con la COVID-19, y una vez regrese al centro se realizará una vigilancia activa y se extremarán las medidas de prevención.