Opinión

¿Por qué nos aplican el 155?

Hace años que los valencianos sufrimos la aplicación del artículo 155 de la Constitución Española (CE) por parte del Gobierno del estado. Por derecho tenemos una serie de transferencias que suponen un gasto. Para la gestión de esa responsabilidad, nos transfieren un dinero que son insuficientes (infrafinanciación) y nos vemos obligados a pedir dinero por anticipado al estado mediante el FLA (Fondo de Liquidez Autonómico) y esto genera una deuda con el estado que tenemos que devolver con intereses. Esa insuficiencia económica nos hace acumular una deuda obligada que se acumula a lo largo de los años, lo que los valencianos reivindicamos como “deuda histórica”. Es decir, el estado para compensar aquello que nos tendría que dar nos presta dinero nuestro (aportados por la recaudación de nuestros impuestos) y se los tenemos que devolver con intereses. ¡Buen negocio! Las inversiones del Estado en el País Valenciano en infraestructuras, bienes patrimoniales, culturales, etc, lo dejamos para otro día. Una aplicación sutil (o no tan sutil) de un “155” económico.

Teóricamente el autogobierno, además de la capacidad para administrarnos económicamente también se basa en la capacidad de legislar derechos y beneficios propios, legislar normas de funcionamiento y gestión adaptadas a la idiosincrasia de este pueblo, pero... tampoco. En la actual legislatura 13, sí, 13 leyes valencianas han sido impugnadas, objetadas, recortes por el gobierno estatal mediante el Tribunal Constitucional (TC). Leyes que afectan al bienestar directo de las personas (pobreza energética, copago de medicamentos, derecho civil propio, etc). Una aplicación legislativa clara y directa del 155.

Hace pocas semanas una noticia indignaba a la ciudadanía, el representante del Gobierno Español en territorio valenciano, Sr. Moragues, impugnaba los puestos de trabajo de técnicos de valoración de dependencia creados por el ayuntamiento de Valencia. ¡Estamos hablando de personal para que las personas con problemas físicos y psíquicos puedan ser valoradas y se les pueda asignar una ayuda económica para mejorar su bienestar!. Un 155 censor y limitativo.

Ahora vemos como Sijena devolvían piezas artísticas originarias de Aragón que estaban en Cataluña. ¿Hablamos de los papeles de Salamanca? ¿de la Dama de Elche? ¿de los fondos bibliográficos incautados a los maulets que sirvieron para crear la “biblioteca nacional”... esos devolverán?. Aquí nos aplican un 155 por “arbitrariedad” unos tienen derecho a cosas que a los valencianos se nos niegan.

¿Hablamos del artículo 156 de la CE? el que dice que “Las comunidades autónomas disfrutarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias de acuerdo con la coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles”. Aquí no toca, no, puesto que nos están aplicando el 155. Parece que para el Estado, la solidaridad es que los valencianos, regalamos, aportamos, damos, "ofrenant glorias en España", ¡pero no se nos aplican los beneficios que por ley y derecho que nos corresponden!

¡Que no nos apliquen el 155 de la CE a los valencianos y valencianas!