El Ayuntamiento elabora un protocolo pionero de teletrabajo y lo implementará de forma experimental

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Una persona teletrabajando
Una persona teletrabajando

Un mes después del anuncio de la creación de un equipo multidisciplinar en el Ayuntamiento de València para coordinar la elaboración de un protocolo de teletrabajo y planificar su implantación en el Consistorio, la concejala de Gestión de Recursos, Luisa Notario, ha presentado ese protocolo a la representación sindical de los trabajadores y las trabajadoras municipales durante la Mesa General de Negociación celebrada este jueves. "Se trata de un protocolo pionero e innovador, que vuelve a poner a nuestro Ayuntamiento a la vanguardia de las políticas de gestión de personal y ya son unas cuantas las instituciones públicas del Estado que han contactado con nosotros para que se lo facilitemos", ha afirmado.

Para la elaboración del protocolo, el grupo de trabajo multidisciplinar del Ayuntamiento, con la colaboración del centro de innovación Las Naves, ha analizado varios reglamentos de instituciones autonómicas, de grandes empresas privadas y también de instituciones públicas de la Unión Europea.

Como características principales del protocolo se encuentra su carácter experimental durante un año para evaluar su funcionamiento y, a posteriori, pasará a convertirse en reglamento. Consta, además, de cuatro modalidades de teletrabajo:

- Teletrabajo de duración indeterminada por causas organizativas (DI1): cuando por decisión de la Corporación municipal, previa negociación sindical, la actividad se desarrolla en la modalidad de teletrabajo, con al menos un día de actividad presencial.- Teletrabajo de duración indeterminada por conciliación de la vida familiar y laboral (DI2): cuando, por decisión corporativa, determinadas funciones o categorías profesionales son susceptibles de hacer teletrabajo, con al menos un día de actividad presencial y haciendo una revisión de la situación una vez al año. Una vez se dictamina cuánto personal puede estar desarrollando su actividad en la modalidad de teletrabajo, se establece un procedimiento de selección y una baremación objetiva para elegirlo y se tienen en cuenta, principalmente, circunstancias familiares, como por ejemplo tener a cargo menores de 12 años o mayores dependientes, entre otros.- Teletrabajo de duración determinada por causas organizativas (DD1): cuando por necesidades organizativas y causas justificadas, hay personal que realiza sus funciones en modo de teletrabajo por un plazo de tiempo determinado mientras las circunstancias que lo justifican se mantengan.- Teletrabajo de duración determinada por motivos de salud (DD2): cuando excepcionalmente se establece el modo de teletrabajo con carácter voluntario, revisable y revocable por un tiempo determinado mientras se mantenga la causa que lo haya motivado. Podrá ser solicitado por el personal empleado público en caso de dolencia grave puntual y temporal o patología inhabilitante grave de ascendiente o descendente de primer grado, por permiso para el cuidado de un hijo o hija con afección por cáncer u otra dolencia grave y por embarazo de la empleada pública a partir del quinto mes de gestación.

El protocolo contempla un horario troncal obligatorio de conexión entre las 9.30 y las 14 horas para evitar problemas en los servicios municipales y con el personal en modalidad presencial. La jornada flexible se establece entre las 7 de la mañana y las 17 horas. También se determina que los días semanales de teletrabajo pueden ser entre dos y cuatro (con la posibilidad de alternar esa cifra entre una semana y otra), según las necesidades del servicio. Todo esto se integra en el Programa Individual de Teletrabajo, que recoge objetivos a tres meses y concreta los objetivos y resultados clave que se tienen que conseguir (O&KR). Esta metodología, que utilizan empresas como Google, se implementará con la ayuda de una aplicación informática ad hoc que están desarrollando la Coordinación General y Las Naves.

Por otro lado, se regulará el derecho a la desconexión digital y la llamada Oficina de Teletrabajo. El personal con actividad en modo de teletrabajo tendrá que manifestar que conoce las condiciones de trabajo a efectos de prevención de riesgos laborales y tendrá que permitir que su lugar sea evaluado por el Servicio de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales de la forma menos invasiva posible. Además, para optar al teletrabajo el empleado o empleada tendrá que superar la formación en competencias digitales necesarias para desarrollar de forma efectiva su trabajo y el personal directivo con personal teletrabajando recibirá progresivamente formación en herramientas de teletrabajo y liderazgo a distancia, así como en la metodología de O&KR para fijar objetivos y resultados a tres meses vista y poder evaluarlos. Una evaluación negativa puede comportar la suspensión de la participación en la modalidad de teletrabajo.

El protocolo también incluye que para algunas de las modalidades de teletrabajo el personal tendrá que disponer de ordenador personal y conexión a internet, mientras que para las modalidades por decisión corporativa será el Ayuntamiento el que facilitará los equipos y medios necesarios. Habrá personal sin despacho o lugar fijo como en la modalidad presencial, por lo que se habilitarán espacios abiertos en los edificios municipales. Notario ha añadido que habrá perfiles que no podrán teletrabajar por las funciones que desarrollan. En este sentido, ha destacado que "el protocolo incluye la detección de perfiles susceptibles de hacer teletrabajo así como las condiciones y requisitos del personal que puede solicitar su participación".

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