Generalitat recibe 445 solicitudes de ayudas al alquiler para personas en situación de emergencia habitacional

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La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, ha recibido 445 solicitudes, hasta la fecha, para la ayudas directas al pago de alquiler para atender a aquellas situaciones especiales de emergencia habitacional, a fin de posibilitar el acceso a la vivienda, o en su caso, evitar su pérdida, tal y como establece el reconocimiento al derecho subjetivo de la vivienda, según ha informado la Generalitat en un comunicado.

El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, Rubén Martínez Dalmau, ha destacado que "estas ayudas son un paso más para asegurar el acceso y la permanencia bajo un techo digno a aquellas familias sin recursos económicos, al estar dirigidas a los colectivos sociales más necesitados de apoyo público".

En este sentido, ha añadido que "no solo tenemos el mandato de garantizar el acceso a la vivienda mediante la Ley por la Función Social de la Vivienda de la Comunitat, sino que es una obligación por parte de la Administración Autonómica reconocida en el artículo 16 del Estatut d'Autonomia".

Las ayudas, que se pueden solicitar hasta el 31 de octubre, se tramitan a través de los ayuntamientos, servicios sociales, así como las mancomunidades, ONG u otras asociaciones que desempeñen una función social en materia de vivienda, por entender que son los organismos más cercanos a la ciudadanía, y que conocen de primera mano las necesidades habitacionales de las personas con problemáticas de acceso a la vivienda o riesgo de pérdida de la misma por falta de pago.

La Generalitat ha convocado en 2019 por primera vez estas ayudas de carácter directo y no por concurrencia competitiva, según la Orden que el pasado 12 de abril publicaba el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana. En la misma figuran las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas por razones de carácter público, social y humanitario a personas y unidades de convivencia en situación de emergencia habitacional.

La cuantía de la ayuda no es un porcentaje fijo, sino que se calcula en base a los ingresos que perciban las personas solicitantes y el importe que paguen de la renta de alquiler, de forma que la persona afectada no tenga que pagar de alquiler un importe que le suponga un esfuerzo superior al 25% de sus ingresos. El límite máximo de ayuda que se concede es del 80% de la renta de alquiler y se han fijado importes máximos distribuidos en diversas zonas de la Comunitat Valenciana.

La ayuda mensual máxima varía en función de la zona (Valencia, 480 euros al mes y 5.760 euros al año; Alicante y Castellón, 435 euros al mes y 5.220 euros al año, etc). Además, esta línea complementa a otras soluciones habitacionales como las ayudas al alquiler ordinarias, el complemento de alquiler de la Renta Valenciana de Inclusión o la adjudicación de una vivienda pública.

La Ley por la Función Social de la Vivienda de la Comunitat, que entró en vigor en marzo de 2017, tiene como objetivo hacer efectivo el derecho a una vivienda asequible, digna y adecuada, así como para dar respuesta a la demanda ciudadana al generar políticas públicas de vivienda, ampliar el parque público, y evitar, en la medida de las competencias de nuestra autonomía, los desahucios de los sectores más desfavorecidos de nuestra sociedad.

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