Forman a 94 profesionales en la nueva renta valenciana de inclusión para mujeres víctimas de violencia de género

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La Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha formado en las últimas semanas a 94 profesionales de diferentes centros de mujeres para instruirles sobre la nueva modalidad de renta valenciana de inclusión, la complementaria de ingresos por prestaciones, de la que se pueden beneficiar las mujeres víctimas de violencia de género.La actividad formativa ha sido organizada para informar y formar sobre esta nueva modalidad de prestación, que entró en vigor el pasado mes de abril, para las perceptoras de rentas activas de inserción en los casos de violencia de género o violencia intrafamiliar.

El secretario autonómico de Igualdad y Diversidad, Alberto Ibáñez, ha explicado que en la formación han participado profesionales de los centros mujer, centros mujer rural, centros residenciales, las direcciones territoriales y puntos Labora, para "asegurar una efectiva coordinación y dar una orientación y apoyo adecuados para que las mujeres víctimas puedan conseguir una vida independiente".

En las tres sesiones específicas celebradas entre mayo y junio la Conselleria ha facilitado formación técnica y personalizada en exclusiva para el personal, sobre aspectos concretos y procedimientos para la ejecución y puesta en marcha de la nueva modalidad de prestación.

El secretario autonómico ha detallado que la renta complementaria de ingresos por prestaciones, es una de las cuatro modalidades contemplada en la renta valenciana de inclusión y que, en este caso, reconoce una prestación económica periódica que complemente otras prestaciones con unas cuantías más bajas.

Ibáñez ha recordado que la ley de la renta valenciana de inclusión contempla diversas modalidades de prestaciones económicas "en función de la situación de vulnerabilidad económica, social o laboral de la persona y su unidad de convivencia", y que están entrando en vigor de forma escalonada, desde su aprobación en 2017.

Pueden solicitar la prestación complementaria de ingresos por prestaciones las personas que sean beneficiarias de pensiones no contributivas por jubilación o invalidez, salvo si tiene complemento de tercera persona a su cargo o está compatibilizada con el trabajo; las pensiones del Fondo de Asistencia Social y la renta activa de inserción por violencia de género e intrafamiliar, salvo si está compatibilizada con el trabajo.

Cuantías

Los ingresos de la persona perceptora de alguna de las prestaciones que se pueden complementar no deben superar las cuantías anuales, sin contar la propia prestación ni otras ayudas sociales como la dependencia, de 1.919,80 euros en el caso de la prestación no contributiva, de 2.097,04 euros en la vinculadas al Fondo de Asistencia Social y de 2.396,76 euros en la renta de inserción.

La cuantía de la prestación, que se suma a las ya percibidas o las complementa, se establecerá teniendo en cuenta a la persona titular y a todas las personas de su unidad de convivencia, mediante el cómputo del conjunto de recursos, económicos y patrimoniales, tanto del solicitante como de las demás personas.

La cuantía mensual de la prestación para complementar las ya percibidas vendrá determinada por la diferencia entre la cuantía máxima de la renta valenciana de inclusión para esta modalidad y los recursos económicos disponibles de la unidad de convivencia.

Respecto a la cuantía a percibir, en el caso de las rentas activas de inserción por violencia de género sumando la complementaría será de 680 euros en el caso de un miembro que se incrementará hasta 990 euros en el caso de seis miembros.

Asimismo, estas mujeres puede percibir complemento de un 25 por ciento por gastos de alquiler o de hipoteca, o de un 10 por ciento de complemento por gastos energéticos. Esta aportación no es posible en los otros dos casos porque existe una limitación estatal que lo impide.

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