¿Cuándo es obligatorio utilizar casco en los patinetes?

L'obligatorietat d'utilitzar cas o no la marcarà el tipus de patinet, d'acord amb els paràmetres establits en l'Ordenança de Mobilitat

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A partir del mes de septiembre, incumplir la nueva Ordenanza de Movilidad conlleva una sanción. Si bien es cierto que desde su entrada en vigor, las multas y sanciones también entraban en funcionamiento, a los patinetes se les concedió unos meses de adaptación, al tratarse de un nuevo vehículo de movilidad en la ciudad.

De acuerdo con los datos de la Policía Local de València, entre el 23 y el 29 de septiembre, se produjeron un total de 392 infracciones por parte de los patinetes. ¿Una de las principales causas? Circular sin casco. Y es que la obligatoriedad de hacer uso del casco cuando conducimos un patinete depende de su clasificación. Un dato a tener en cuenta, ya que de esto también dependerá qué podamos circular o no por determinadas zonas.

La normativa clasifica los patinetes en dos tipos – A y B -, dependiendo de las dimensiones y la potencia del vehículo en cuestión. Por tanto, las personas usuarias deberán conocer las características de su vehículo antes de comenzar a circular. Así, los patinetes de tipo A serán los vehículos autoequilibrados (mono-ciclos, plataformas) y patinetes eléctricos ligeros, mientras que los de tipo B será los patinetes eléctricos de mayor tamaño.

En el caso de los patinetes tipo A, el uso del caso será opcional. En cambio, los del tipo B deberán circular con un casco homologado, además de disponer de timbre, freno, luces (delantera y trasera) y catadióptricos. En ambos casos, estará completamente prohibido circular haciendo uso tanto de auriculares, como del móvil.

INFRACCIONES Y SANCIONES PARA PATINETES

Se considerará infracciones graves determinadas acciones, como el incumplimiento sobre las limitaciones de velocidad, siempre y cuando no se exceda más del 50% de la velocidad máxima permitida, ya que, entonces, se considerará infracción muy grave; circular de forma negligente; circular con vehículos que no cumplan con los requisitos técnicos y de circulación; o circular sin tener la edad mínima permitida que, en el caso de los patinetes, se ha fijado en 16 años. Asimismo, también se considera infracción grave la circulación por zonas prohibidas para ese tipo de vehículo.

En cambio, se considerarán infracciones muy graves, la circulación temeraria o que pone en grave peligro a otras personas usuarias de la vía; no tener seguro de responsabilidad civil cuando sea obligatorio – en el caso de bicicletas y patinetes es recomendable, pero no obligatorio -; o la circulación bajo los efectos del alcohol o las drogas.

De esta manera, las sanciones irán desde los 101 euros hasta los 200 euros en el caso de las infracciones graves, mientras que la suma podría llegar hasta los 500 euros para las infracciones muy graves.

Zonas de circulación permitidas

En cuanto a las zonas de circulación permitidas, la Ordenanza de Movilidad regula que los vehículos de movilidad personal de tipo A deberán circular, preferentemente y por este orden, por los carriles bici situados a cota de calzada sin superar los 20 km/h; por los carriles bici sobre las aceras sin superar los 15 km/h; por las ciclocalles o vías de sentido único limitadas a 30 km/h; por calles residenciales o zonas 30; y por las calles para peatones siempre sin superar los 10 km/h.

Las mismas condiciones de circulación deberán respetar los vehículos de movilidad personal de tipo B, a excepción de las calles para peatones donde lo tendrán prohibido. Por supuesto, ningún tipo de VMP tendrá permitido la circulación por las aceras, aplicándoles las mismas condiciones que a las bicicletas.

Respecto a los VMP sin motor, es decir, monopatines, patines o vehículos similares, deben circular, preferentemente, por la infraestructura ciclista. Sin embargo, también lo podrán hacer por las aceras, calles para peatones o zonas residenciales siempre moderando la velocidad y con precaución. Eso sí, les estará prohibido invadir la calzada o los carriles de circulación a 30km/h durante la circulación, excepto para cruzar.

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