Fomentar el consumo de proximidad, incentivar el mantenimiento y la creación de pequeñas empresas, así como mejorar el mapa comercial de la ciudad de Valencia son algunos de los objetivos de la convocatoria de ayudas municipales al comercio local, aprobada por la Junta de Gobierno Local, en la sesión ordinaria de este viernes. El Ayuntamiento de València, a través de la Concejalía de Comercio y Mercados, ha destinado un total de 1.507.212,81 euros y con ello pretende igualmente que autónomos y pequeñas empresas afronten los gastos corrientes derivados de la titularidad, ejercicio, desarrollo y mejora del negocio o actividad comercial.
Podrán optar a estas ayudas personas físicas como jurídicas, sociedades limitadas, cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica legalmente constituidas, que realicen su actividad en establecimientos comerciales abiertos al público situados en la ciudad de València, ya sean personas autónomas, pequeñas empresas o microempresas.
Quedan excluidas expresamente las sociedades anónimas, las entidades públicas, las empresas del sector de la hostelería, los comercios en línea, las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, así como las personas que lleven a cabo su actividad en régimen de cesión o concesión, como las paradas de los mercados municipales.
Los establecimientos deberán estar abiertos al público durante todo el ejercicio de 2025 y su actividad económica ha de estar encuadrada en alguna de las agrupaciones del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) reseñadas en las bases de la convocatoria, que se publicará en los próximos días en el tablón de edictos de la sede electrónica, en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones Públicas.
Tal como detallan las bases, “el gasto total mínimo subvencionable acreditado debe ser de 500 euros, excluidos los impuestos, y los que sean susceptibles de recuperación (por ejemplo el IVA), no pudiendo exceder de 3.000 o 5.000 euros en la excepción de los locales de la C/ Alicante y de la C/ Castellón nº de policía 2 al 12”. De igual modo, “la fecha de las facturas justificativas de las ayudas debe estar comprendida entre el 1 de abril de 2024 y la fecha de presentación de la solicitud”.
Entre las acciones o actividades subvencionables destacan el alquiler del local comercial, la realización de cursos de formación comercial no reglada, la participación en plataformas de comercio electrónico, la realización de auditorías energéticas o estudios de mercado, los gastos en identidad corporativa, los servicios de asesoramiento o consultoría, publicidad, cuotas de seguros, así como los gastos de suministro de energía, agua, alarma, teléfono o Internet específicamente referidos al establecimiento comercial.
Cuantía de las ayudas
El Ayuntamiento de València podrá subvencionar el 100% del total de los gastos justificados, excluidos los impuestos, y los que sean susceptibles de recuperación (por ejemplo el IVA), hasta un máximo de 3.000 euros por solicitante y establecimiento. Asimismo, las personas beneficiarias cuyo establecimiento comercial este situado en las calles Alicante y Castellón, número de policía del 2 al 12, afectados por obras públicas prolongadas por plazo superior a 12 meses que impliquen cortes en la vía pública, así como desvíos tanto de tráfico rodado como peatonal, adicional y excepcionalmente, verán incrementada la cuantía de la ayuda hasta un importe de 2.000 euros, siempre y cuando acrediten gastos por este importe.
El plazo de solicitud de estas ayudas será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP.