Antes de abril de 2025, todos los municipios (incluidos los de menos de 5.000 habitantes) tienen que aplicar la nueva tasa de gestión de residuos en cumplimiento de una directiva europea encaminada a la reducción de la contaminación. Se trata de la Ley 7/2022 de residuos, que entrará en vigor el próximo año, y que en su artículo 11 obliga a los ayuntamientos a repercutir el coste íntegro del servicio de recogida de residuos a la ciudadanía. Una tasa, popularmente conocida como el ‘tasazo de la basura’, que contempla un recargo por persona y que, en los municipios más pequeños, podría suponer el triple del coste actual de la tasa de la basura.
Como explicaba el presidente de la EMTRE (Entidad Metropolitana de Tratamientos de Residuos Sólidos) y alcalde de Almàssera, Emilio J. Belencoso, en una entrevista a este diario, “desde la EMTRE hemos tenido que hacer un esfuerzo ingente en los presupuestos del próximo año para acolchar, en la medida de lo posible, lo que supondrá la nueva tasa”. Una situación que ha generado malestar entre las distintas corporaciones municipales.
“Sinceramente, no creo que eso de ‘quien consume, paga’ vaya a tener un efecto positivo en cuanto al reciclaje, más bien todo lo contrario. Que el vecino, al final, tenga que pagar el coste del servicio puede hacer que rechacen reciclar. Por otra parte, me parece un ataque a la autonomía de los municipios el hecho de que si no se sube la tasa de basura, se corra el riesgo de que se retengan aportaciones”, ha concluido el alcalde de Almàssera y presidente de la EMTRE.

Así, como apuntaba la concejala, “el basurazo de Sánchez no solo impide que los ayuntamientos podamos asumir el coste del servicio de recogida de basura, sino que restringe el importe de las reducciones y bonificaciones fiscales para no incurrir la tasa en la infracción de ser deficitaria”. Un punto que el Partido Popular, en una enmienda presentada a la ley, pedía que se eliminara.
En este punto, Ferrer San Segundo recordaba que “el gobierno de Pedro Sánchez podría haber optado por aplicar esta directiva europea con menor rigidez, pero ha optado por cargar todo el coste del servicio a la ciudadanía. Se trata de la primera vez en la historia del municipalismo que un gobierno obliga a los ayuntamientos a introducir una tasa a la ciudadanía que, por su naturaleza, debería ser voluntaria”.
Pese a todo, el Ayuntamiento de Valencia ya aprobó, en el pleno del mes de octubre, la imposición de la nueva tasa de recogida y trasporte de residuos. De esta manera, desde el área de Hacienda se ha trabajado para que la nueva tasa contemple una serie de beneficios fiscales, con cobertura legal y restringidos en su cuantía, para no infringir la imposición de que la tasa no sea deficitaria.
Los beneficios fiscales que aplicará Valencia
Con el objetivo de reducir el impacto que provocará el ‘basurazo’, el Ayuntamiento de Valencia ha aprobado una ordenanza que contempla los siguientes beneficios fiscales:
• Reducción del 30% a familias numerosas (3 o más hijos, con carácter general) para la vivienda habitual (con concesión automática cuando se disponga de bonificación en IBI y posibilidad de acogerse los arrendatarios), beneficiando con ello a más de 4.000 familias.
• Reducción del 30% para la vivienda habitual de familias con escasos recursos (según la ley que estén “en riesgo de exclusión social”: unidad familiar cuyos ingresos no superen el IPREM referido a 14 pagas), favoreciendo a 6.200 familias, sin perjuicio de otras coberturas y ayudas de los Servicios Sociales para situaciones de vulnerabilidad.
Estas bonificaciones se sumarán a otras que ya contempla la ley:
• Bonificación de 10 € a usuarios que utilicen ecoparques.
• Bonificación de 50 € a actividades económicas que utilicen sistemas de recogida municipal de papel y cartón “puerta a puerta”.
• Bonificación del 10% a empresas de distribución alimentaria y restauración que tengan establecidos en colaboración con entidades de economía social sin ánimo de lucro, sistemas de gestión que reduzcan los residuos alimentarios de forma significativa y verificable (comedores sociales).
• No sujeción de actividades que tengan contratado gestor de residuos autorizado para la recogida de todas las fracciones que generen, acreditando que así es.
Se mantienen las rebajas fiscales de 2024
Asimismo, el Ayuntamiento de Valencia mantiene, para 2025, todas las rebajas fiscales que aprobó en 2024. De este modo, se consolidan medidas como la reducción del 20% en el tipo de gravamen general del IBI de naturaleza urbana que ya ha supuesto para 700.000 valencianos un ahorro de más de 33 millones de euros; la ampliación de la bonificación del 60% o 90% aplicable en el IBI a 4.000 familias numerosas que han ahorrado más de un millón de euros; o la bonificación del 95% en la plusvalía por causa de muerte entre familiares directos.
Por otro lado, ante la reactivación del mercado inmobiliario, el tipo de gravamen del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) se armoniza con los de la mayor parte de las grandes ciudades, quedando fijado en el 4%.
Finalmente, se introduce una bonificación del 95% a todas las comunidades de vecinos que acometan la sustitución de fachadas ventiladas realizadas con aluminio y composite o procedan a la adaptación al Código Técnico de la Edificación (Documento Básico de Seguridad contra Incendios, SI 2 Propagación Exterior, versión 22 de diciembre de 2022).