El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha oficializado la inclusión de la unidad geográfica menor 'Requena' en el pliego de condiciones de la denominación de origen protegida 'Cava'. La resolución, publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), responde a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que estimó el recurso presentado por la Asociación de Elaboradores de Cava de Requena, la Generalitat Valenciana y Dominio de la Vega, SL.
El proceso judicial, que ha culminado con la confirmación del fallo por parte del Tribunal Supremo, tuvo origen en la exclusión de 'Requena' como zona en el pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Cava (DOP Cava). La sentencia reconoce el derecho de los recurrentes a la creación de esta zona en la modificación del pliego de condiciones de la DOP 'Cava'.
La resolución del Ministerio, firmada por el director general de Alimentación, José Miguel Herrero, anula los pronunciamientos anteriores y establece la inclusión de 'Requena' como unidad geográfica menor en el pliego de condiciones de la DOP 'Cava'. Este paso es esencial para que los productos elaborados en esta región puedan llevar la denominación de origen 'Cava de Requena'.
La decisión refleja la importancia de respetar la diversidad de las regiones vinícolas en España y reconocer la contribución específica de cada área a la producción de vinos espumosos de calidad. La inclusión de 'Requena' en la DOP 'Cava' fortalecerá la identidad y la reputación de los cavas producidos en esta región, ofreciendo a los consumidores una mayor transparencia sobre el origen y la calidad de los productos.
La resolución, que entra en vigor tras su publicación en el BOE, representa un hito para los productores de 'Cava de Requena', que ahora podrán beneficiarse de la designación de origen protegida y destacar las características únicas de sus vinos espumosos en el mercado estatal e internacional.