La Generalitat lanza nuevas ayudas de hasta 20.000€ para afectados por la DANA

Se trata de una ayuda que se suma a otras líneas muy populares como las destinadas a vehículos siniestrados o a autónomos de las localidades afectadas

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Comercio afectado por la DANA (Ayudas DANA)
Comercio afectado por la DANA (Ayudas DANA)

El pasado 29 de octubre de 2024, la Comunitat Valenciana vivió una de las peores catástrofes naturales de los últimos años debido a la DANA.  Las lluvias torrenciales provocaron graves inundaciones, dejando a su paso un escenario desolador: carreteras anegadas, cortes en servicios básicos, viviendas destruidas y un impacto severo en el tejido asociativo de las zonas afectadas, en comarcas como l'Horta Sud, La Ribera Alta o la Plana de Utiel - Requena, entre otras. 

Ante esta situación, la Generalitat Valenciana ha aprobado un paquete de ayudas destinadas a las entidades afectadas, con el objetivo de contribuir a la recuperación y reactivación de la comunidad. Se trata de una ayuda que se suma a otras líneas muy populares como las ayudas para vehículos siniestrados o las líneas de hasta 3.000 euros para autónomos de las localidades afectadas. 

¿Quiénes pueden beneficiarse de estas ayudas?

Las ayudas están dirigidas a asociaciones, fundaciones y entidades deportivas de la Comunitat Valenciana que hayan sufrido daños directos a causa del temporal. Específicamente, podrán solicitarlas:

  • Fundaciones, asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones inscritas en el Registro Autonómico de Asociaciones o Fundaciones antes del 29 de octubre de 2024.
  • Entidades deportivas registradas en la Comunitat Valenciana que hayan visto afectadas sus instalaciones o equipamiento.
  • Entidades del tercer sector de acción social que desempeñen labores en las zonas damnificadas y que hayan sufrido pérdidas materiales o estructurales.

¿Qué gastos serán subvencionables?

Las ayudas económicas podrán destinarse a dos grandes áreas:

  • Reparación de infraestructuras e instalaciones: Incluye la restauración de locales, reposición de mobiliario, equipamiento y materiales dañados.
  • Reactivación del tejido asociativo: Financiación de actividades comunitarias, recreativas, culturales y deportivas dirigidas a la población local para fortalecer la cohesión social tras la catástrofe.

Se consideran subvencionables los gastos efectuados desde el 29 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025, con la condición de que estén debidamente justificados y sean imprescindibles para el restablecimiento de la actividad de la entidad.

Cuantía de las ayudas: hasta 20.000 euros

El importe de las ayudas varía según el tipo de gastos:

  • Eje Reparación: Hasta 20.000 euros para cubrir gastos de reparación de instalaciones y reposición de equipamiento.
  • Eje Reactivación: Hasta 10.000 euros para la organización de actividades comunitarias y culturales.

Límite máximo por entidad: Ninguna entidad podrá recibir más de 20.000 euros en total, sumando ambas categorías. En total, la Generalitat ha destinado 13.667.634,99 euros a estas subvenciones, con el compromiso de distribuirlas de manera equitativa entre las entidades que cumplan con los requisitos.

Plazos y procedimiento de solicitud

Las solicitudes deberán presentarse de forma telemática en el plazo de un mes desde la publicación oficial del decreto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Para ello, los interesados deberán acceder a la sede electrónica de la Generalitat a través del enlace oficial: Solicitud de ayuda para la reactivación del tejido asociativo.

Documentación requerida

Para completar la solicitud, las entidades deberán presentar:

  • Identificación y datos de la entidad.
  • Justificación de los daños sufridos mediante actas notariales, informes periciales o documentación de aseguradoras.
  • Certificado de inscripción en el Registro Autonómico correspondiente.
  • Relación detallada de los gastos a subvencionar.
  • Ficha de reactivación comunitaria, en caso de solicitar fondos para actividades sociales.

Resolución y concesión de las ayudas

Las ayudas se concederán por orden de presentación hasta agotar la dotación presupuestaria disponible. La resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana en un plazo máximo de tres meses desde la finalización del período de solicitud.

En caso de no obtener respuesta en dicho plazo, la solicitud se considerará desestimada por silencio administrativo. No obstante, los solicitantes podrán interponer un recurso potestativo de reposición o acudir a la vía contencioso-administrativa.

Error frecuente en las ayudas

No realizar correctamente el procedimiento PROPER puede llevar a la imposibilidad de percibir las ayudas económicas, incluso si cumples con el resto de los requisitos. Además, la normativa establece que cualquier falsedad en la declaración de datos bancarios puede conllevar sanciones administrativas, civiles o incluso penales.

Este sistema gestiona los datos personales y bancarios de personas físicas y jurídicas que tengan relación económica con la Administración de la Generalitat. Es un paso obligatorio para quienes deseen percibir pagos públicos. El problema radica en que, si bien muchos usuarios cumplen con los requisitos generales para las ayudas, no realizan el alta de su número de cuenta bancaria en el sistema PROPER. Incluso aquellos que ya han domiciliado una cuenta previamente pueden verse afectados si esta no ha registrado movimientos contables en los últimos cuatro ejercicios. En estos casos, las cuentas se dan de baja automáticamente del sistema, lo que puede generar un rechazo de las ayudas.

Un impulso necesario para la recuperación

El impacto de la DANA ha sido devastador, dejando a muchas entidades sin los recursos necesarios para continuar con sus actividades. Estas ayudas buscan paliar las pérdidas y reactivar el tejido asociativo de la Comunitat Valenciana, permitiendo que fundaciones, asociaciones y entidades deportivas puedan seguir desempeñando su papel fundamental en la sociedad.

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