Economía

Ayudas DANA: ¿Cuáles tributan y cuáles no en el IRPF?

No todas las ayudas DANA están exentas de tributación: los planes de subvenciones y las ayudas de entidades privadas están sujetos a declaración fiscal

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Diferentes entidades dan ayudas DANA para vehículos afectados

La reciente DANA del 29 del pasado octubre ha dejado a miles de familias, empresas y comunidades en situación de vulnerabilidad debido a los graves daños ocasionados en comarcas como l'Horta Sud, la Ribera y la Hoya de Buñol - Chiva. En este contexto, se han habilitado distintas ayudas desde el Gobierno de España, la Generalitat Valenciana y otras instituciones. Sin embargo, surgen muchas dudas entre los afectados sobre si estas ayudas deben ser declaradas en el IRPF de 2025 / 2026 o no deben declararse a Hacienda. 

 A continuación, analizamos qué ayudas tributan y cuáles están exentas, según la normativa vigente:

Ayudas DANA del Gobierno de España

Lo primero que debes saber es que todas las ayudas públicas ofrecidas por el Gobierno de España en relación con la DANA del 29 de octubre están exentas de tributación en el IRPF. Esto significa que los beneficiarios no tendrán que devolverlas ni incluirlas en su declaración de la renta. Las mismas tiene como objetivo proporcionar apoyo inmediato y evitar cualquier carga adicional para los afectados

Entre las ayudas DANA más populares ofrecidas por el gobierno central y que están exentas de tributar en el IRPF se encuentran:

  • Ayudas por fallecimiento o incapacidad.
  • Ayudas por destrucción total de la vivienda.
  • Ayudas por daños estructurales o no estructurales en viviendas.
  • Ayudas para daños en elementos comunes de comunidades de vecinos.
  • Ayudas por pérdida de enseres de primera necesidad.
  • Ayudas destinadas a sectores: autónomos, agricultores y estudiantes, entre otras.

Plan Reinicia Auto

El Plan Reinicia Auto y el Plan Reinicia Auto +, lanzado por el Gobierno de España, es un programa de subvenciones que permite a las personas afectadas por la DANA obtener hasta 10.000 euros para la compra de un nuevo vehículo. Esta subvención se tramita a través de más de 1.000 concesionarios adheridos en toda España.

Este incentivo para la compra de un vehículo no está exento de tributación. Según el Real Decreto-Ley 8/2024, de 28 de noviembre, el Plan Reinicia Auto+ se considera una subvención y, por tanto, debe declararse en el IRPF del ejercicio correspondiente. Salvo que se publique una nueva normativa que modifique este criterio, los beneficiarios tendrán que incluir este ingreso en su declaración de la renta.

Ayudas DANA de la Generalitat Valenciana

En cuanto a las ayudas DANA concedidas por la Generalitat Valenciana, al igual que ocurre con las ayudas del Gobierno de España, también están exentas de tributación en el IRPF, por lo que sus beneficiarios no tendrán que declararlas en la renta de 2024 o 2025, según el mes en el que se hayan recibido. Entre las ayudas puestas a disposición de los afectados se encuentran:

  • Ayudas DANA de 6.000 euros para primera necesidad.
  • Ayudas para el alquiler de vivienda.
  • Ayudas urgentes a municipios afectados.
  • Ayudas para el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de empresas.
  • Ayudas para sectores: autónomos, sector cultural...

Además, las nuevas ayudas de hasta 2.500 euros por la pérdida de un vehículo anunciadas por el president de la Generalitat, Carlos Mazón y que podrán solicitarse a partir del día 16 de enero, también estarán exentas de tributar. Esto se debe a que estas ayudas no se consideran subvenciones, lo que las diferencia del Plan Reinicia Auto+, ya que no están destinadas a la compra de un nuevo vehículo, sino a compensar la pérdida de este.

Ayudas privadas (Amancio Ortega, Juan Roig...)

Las ayudas ofrecidas por entidades privadas, como la Fundación Amancio Ortega, la Fundación Trinidad Alfonso o las ofrecidas a trabajadores afectados de diferentes empresas como Mercadona, sí están sujetas a tributación, salvo que un próximo decreto establezca lo contrario, al ser consideradas rendimientos del trabajo y no donaciones, lo que modificaría su calificación fiscal. 

En este sentido, la Generalitat Valenciana ha solicitado al Gobierno de España que estas ayudas privadas sean exoneradas de tributación en el IRPF y se consideren donaciones. Actualmente, si se consideran rendimientos del trabajo, implican retenciones y tributación, lo que podría suponer una carga adicional para los afectados. 

Anticipos: ¿Se devuelven con intereses?

Para agilizar el proceso de recuperación, el Gobierno de España ha puesto en marcha un sistema de anticipos económicos. Estos permiten a los beneficiarios acceder a los fondos de manera rápida mientras se resuelven los expedientes de las ayudas definitivas. Es importante destacar que los anticipos no generan intereses, por lo que las familias no tendrán que asumir costes adicionales. Sin embargo, en casos excepcionales, podría ser necesario tributar por cantidades recibidas si estas exceden los daños reclamados. No obstante, esto sería una situación altamente improbable.

Recomendaciones

La tributación de las ayudas por la DANA del 29 de octubre de 2024 depende del origen y la naturaleza de las mismas. Mientras que las ayudas públicas del Gobierno de España y la Generalitat Valenciana están exentas de tributar en el IRPF; las subvenciones como el Plan Reinicia Auto+ o las ayudas privadas sí podrían estar sujetas a declaración fiscal. Para evitar problemas, se recomienda a los beneficiarios mantenerse informados sobre posibles cambios legislativos y, en caso de dudas, consultar con un asesor fiscal para elaborar la próxima declaración de la renta.