Cultura

Cultura convoca ayudas económicas para la difusión del libro y la lectura

La línea presupuestaria contempla 650.000 euros

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Libros de temática LGTBI dirigidos al público adolescente

La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte convoca las subvenciones destinadas a la difusión del libro y la lectura como medio de favorecer las iniciativas que suponen la difusión y promoción del sector del libro valenciano. Para la promoción de actividades que contempla, esta línea presupuestaria está dotada con 650.000 euros.

Podrán optar a esta subvención las asociaciones o fundaciones de libreras y libreros, de libreras y libreros de ocasión, de ilustradoras e ilustradores, de tipógrafas y tipógrafos y de editoras y editores, así como las asociaciones y fundaciones de escritoras y escritores o del sector del libro y la lectura.

Los gastos subvencionables tendrán que estar comprendidos entre el 1 de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021, ambos incluidos, y responder de manera directa e indudable a la actividad subvencionada.

Serán objeto de subvención la organización de actividades de difusión y promoción del libro valenciano realizadas por las asociaciones o fundaciones de libreras y libreros, libreras y libreros de ocasión, ilustradoras e ilustradores, tipógrafas y tipógrafos y editoras y editores valencianos, así como las realizadas por asociaciones o fundaciones de escritoras y escritores; también la realización de actividades de fomento de la lectura realizadas por asociaciones o fundaciones del sector del libro y la lectura. 

La organización, gestión y participación en las ferias del libro, locales o generales, y del libro de ocasión, con arraigo o repercusión e interés cultural en la Comunitat Valenciana también serán objeto de subvención, así como la participación en las ferias no internacionales del libro o del libro de ocasión del Estado español.

Se especifica que serán subvencionados los gastos de funcionamiento generados por la actividad de las asociaciones o fundaciones. Los gastos correspondientes a las retribuciones del personal dependientes de las entidades beneficiarias se considerarán gastos de funcionamiento en todo caso.

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