La Generalitat Valenciana ha estado trabajando estos días en la elaboración de un
Plan Sanitario para regular todo tipo de
celebraciones populares en tiempos de pandemia. Tras los buenos resultados de las medidas impuestas para la semana fallera, con esta normativa se espera regular todo tipo de festividades que tendrán lugar a partir de estas semanas en distintos puntos de la Comunitat Valenciana. Entre ellas, y tras más de un año sin poder celebrarse, las fiestas de
Moros y Cristianos pueden realizarse ya con todas las garantías de prevención.Un plan Sanitario que persigue asimilar todos los actos y actividades festivas a la normativa sanitaria sectorial vigente que sea de aplicación en cada caso, generar un nuevo modelo festivo sanitariamente responsable, contar con un movimiento asociativo comprometido con la realidad sanitaria, desarrollarlas actividades al aire libre siempre que sea posible y utilizar la mascarilla en todas las actividades que se realicen.
MASCARILLA
En el caso concreto de los Moros y Cristianos, la Conselleria de Sanidad establece
medidas muy similares a las vistas durante las Fallas. El
uso de mascarilla, la distancia de seguridad, las celebraciones al aire libre y la presencia de un coordinador covid son elementos indispensables para poder llevar a cabo estas fiestas.Además, las demarcaciones del espacio donde se celebrarán las actividades estarán señalizadas con normas y recomendaciones y se difundirán desde la organización llamamientos al público y participantes a celebrar unos actos festivos responsables.
El uso de las zonas de actividad se restringirá a las y los festeros y se reducirán las visitas en la medida de lo posible. Todas las actividades organizadas contarán con inscripción previa de asistentes.Por lo que respecta a las
comidas y cenas, asumirán la normativa específica de hostelería en el momento de la celebración y se establecerán grupos estables en las mesas para sentarse siempre las mismas personas, preferentemente del mismo núcleo familiar o de un máximo de dos núcleos familiares, en todas las actividades. En ningún momento se hará uso de la barra para consumir, excepto para hacer acopio de bebidas o enseres propios de este tipo de eventos.
DESFILES Y ACTOS
La normativa para
entradas, dianas, actos de arcabucería, ofrenda y otros desfiles establece la organización será en batallón. No se romperán las filas, que siempre cumplirán la norma de 1,5 m entre participantes, siendo cada fila de 4 o 5 componentes adultos en el supuesto de que el ancho de la calle permita mantener el 1,5 de distancia entre festeros y festeras y 5 componentes infantiles como máximo (pudiéndose reducir temporalmente el número de componentes por fila si es necesario por exigirlo la anchura de la vía por donde se transcurre).
El uso de la mascarilla será obligatorio en todo caso, incluso al aire libre, tanto para las personas participantes en el evento como para el público que pueda asistir, excepto para las personas menores de 6 años.
Estos actos se deberán organizar evitando las aglomeraciones, para lo que se establecerán los itinerarios que lo garanticen que deberán ser modificados en cualquier momento para cumplir con dicha finalidad. En este sentido se tratará de reducir al máximo la presencia de público o limitar la participación a las y los festeros que formen parte del desfile y porten indumentaria festera. Los músicos se situarán al menos a 2 metros de las y los festeros participantes y también entre ellos se separarán a dos metros.
Las embajadas se realizarán estableciendo butacas o asientos preasignados, manteniendo un asiento de distancia en la misma fila en caso de asientos fijos o cumpliendo con la distancia interpersonalde 1,5 metros si no hay asientos fijos, excepto convivientes. Se recomienda se realice al aire libre o en espacios donde esté asegurada una ventilación suficiente, garantizando una distancia de seguridad de, al menos, 2 metros entre el público y las personas participantes, que deberán usar mascarilla a excepción de la persona oradora que mantendrá también distancia de mínimo 2 metros con el resto de participantes.
ACTIVIDADES EN CÁBILAS
Los diferentes actos previstos se podrán realizar siguiendo la normativa sanitaria vigente en lo que se refiere a medidas relativas a actividades festeras tradicionales situadas en los municipios de la Comunitat Valenciana en las
sedes festeras reguladas en el Decreto 28/2011, del Consell. Si se realizan actividades análogas a las de hostelería y restauración, se estará a lo dispuesto en la normativa sanitaria vigente.De no ser aplicable una norma técnica concreta o no estar determinado el aforo máximo en la licencia municipal correspondiente al tipo de local o espacio, la medida de superficie para determinar un aforo que asegure una distancia interpersonal de 1,5 m lineales son 2,25m² de espacio útil por persona, a lo que se aplicará el porcentaje de reducción del aforo que corresponda según la normativa sanitaria vigente.