¿Cómo se vota por correo para las Elecciones Generales?

Les Eleccions Generals de l’Estat del 28 d’abril coincideixen amb el pont de Sant Vicent Ferrer i el dilluns 29 serà festiu per a la Comunitat Valenciana

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El 2019 es año electoral y hay dos fechas muy marcadas en el calendario: el 26 de mayo, por las Elecciones Municipales, Autonómicas y Europeas; y el 28 de abril, día en que se celebrarán las Elecciones Generales del Estado, tal y como anunció el Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el pasado 15 de febrero. Además de la proximidad entre ambos comicios, uno de los aspectos más cuestionados sobre las generales es que afectará en gran medida a los valencianos, puesto que coincide con el puente de San Vicente Ferrer de los días 27, 28 y 29 de abril, por eso, el voto por correo será una de las opciones que más ayudará a votar ese día.

Para votar por correo hay que esperar a la disolución de las  Cámaras el 5 de marzo, puesto que según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), a partir de ese momento se abrirá el plazo para solicitar el voto por correo. En concreto, el periodo acabaría el décimo día previo a la votación, de forma que se podrá solicitar este servicio desde el 5 de marzo hasta el 18 de abril.

Los impresos para pedir el voto se encuentran en las oficinas postales de Correos de toda España y el elector o electora tendrá que entregarlo personalmente en cualquier oficina, presentando su DNI, Permiso (carné) de conducir o Pasaporte. Esta documentación también será necesaria para recibir el certificado de inscripción en el Censo Electoral, que se tendrá que solicitar a la Delegación Provincial en el mismo periodo.

El proceso comienza una vez se disuelvan las Cámaras y se anuncie la convocatoria

Así, entre los 34 días después de la convocatoria y los 6 anteriores al de la votación del 28 de abril, las personas que hayan hecho el primer paso recibirán la documentación necesaria por parte de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente para ejercer el sufragio por correspondencia. Se prevé, de este modo, que las fechas para recibir todo el necesario de forma personal y en el domicilio irán del 8 al 21 de abril.

Una vez recibida la documentación, hará falta que los votantes presentan en cualquier oficina postal y como máximo tres días antes del día 28 dos cosas: el sobre modelo oficial dirigido a la mesa electoral con el certificado de inscripción en el Censo Electoral y el de votación con la papeleta totalmente cerrado. Correos lo enviará como correo “certificado y urgente” de forma gratuita. Por lo tanto, la fecha tope para enviar el voto será el 24 de abril.

Además, si no es posible hacer este proceso en persona por enfermedad o incapacidad, habrá que acreditar la situación personal con un certificado médico oficial incluido junto con el impreso de solicitud de voto por correo, un paso que puede hacer otra persona que tenga autorización notarial en las mismas fechas, que serán definitivas, sin embargo, cuando se firme el decreto de convocatoria de elecciones y se confirme.

¿Cómo votar si estás fuera de España el día 28?

El proceso para votar será diferente en caso de que desde la convocatoria de Elecciones (el 5 de marzo) y el día de la votación, los electores y electoras que viven en España no estén dentro del país y estén inscritos en el Registro Matricular Consular de no residentes. Para esta situación, el Ministerio de Asuntos Exteriores informa que pueden solicitar la documentación para votar desde el extranjero en la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral como máximo hasta veinticinco días después de la convocatoria, es decir, entre el 5 y el 30 de marzo. El modelo oficial de solicitud se publicará en la página web del ministerio una vez convocadas las elecciones y, una vez cumplimentada, el elector tendrá que entregarla personalmente al consulado general, que remitirá la petición a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.

El votante, así, recibirá el certificado de inscripción al Censo, papeletas, sobre de votación y sobre con la dirección de la mesa electoral. Después hará falta que envíe su voto por correo certificado a la mesa electoral antes del 25 de abril.

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