El botellón será considerado una falta grave multada con hasta 30.000 euros
La consellera Gabriela Bravo insta les Policies Locals i a la resta de les forces de seguretat al fet que extremen la vigilància dels llocs de major afluència
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La consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, Gabriela Bravo ha destacado que el botellón será considerado "una infracción grave con multas que van desde 601 a 30.000 euros", tras haber sido aprobado por el Pleno del Consell celebrado este viernes el decreto ley que modifica el régimen sancionador contra los incumplimientos de las medidas frente a la COVID-19.Así se ha expresado la consellera al término de la reunión de coordinación de seguridad de medidas COVID-19 presidida por el president de la Generalitat, Ximo Puig, y en la que también ha participado la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Gloria Calero, los máximos responsables del Cuerpo de Policía Nacional, la Guardia Civil y la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias; así como el alcalde de València, Joan Ribó, y representantes de los ayuntamientos de Alicante, Castellón y Elche, y de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.Durante la sesión de trabajo, se ha informado sobre la modificación del Decreto-ley 11/2020, de 24 de julio por el que se establece el régimen sancionador específico contra los incumplimientos de las disposiciones reguladoras de les medidas de prevención ante la COVID-19, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).En concreto, la norma prohíbe el consumo colectivo de cualquier tipo de bebida en la vía pública o demás espacios abiertos al público, cuando se constate por la autoridad inspectora que se impide o dificulta la adopción de las medidas sanitarias de prevención o del mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal.Además, se califica como infracción grave la participación y, como muy grave la organización de reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de acto equivalente, de carácter privado o público, que impliquen una aglomeración o agrupación de personas, cuando también "se constate por la autoridad inspectora que las circunstancias de la celebración impidan o dificulten la adopción de las medidas sanitarias de prevención o del mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal".Por otra parte, el decreto incorpora la modificación de la ley de Salud Pública que permitirá avanzar la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas en supermercados y tiendas al por menor a partir de las 20.00 horas.Estas medidas se aplican a todo el territorio de la Comunitat Valenciana independientemente de si hay o no toque de queda en los municipios de mayor incidencia de la COVID-19.
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