El Ayuntamiento desestima el recurso de la empresa organizadora de las Paellas Universitarias

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El Ayuntamiento de València, a través de la Unidad de Actividades, ha decidido desestimar el recurso de reposición interpuesto por la empresa organizadora de las Paellas Universitarias 2019 contra la decisión del consistorio de no autorizar la celebración del evento en La Punta --aunque finalmente sí se celebró en la fecha prevista-- y además ha inadmitido la declaración responsable presentada por la propia organización.

Así consta en la propuesta de resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, ante el recurso presentado por la empresa contra la decisión del consistorio de denegar la autorización solicitada para el evento a raíz de los informes técnicos presentados.

Según se informó en su momento, la mercantil presentó la solicitud el 12 de marzo pero no concretó la documentación hasta el 8 del mes siguiente, cuatro días antes del evento, al que el Ayuntamiento no accedió por los informes de la Sección Técnica del Servicio de Actividades y de la Unidad de Prevención y Protección Civil del Servicio de Bomberos, Prevención e Intervención en Emergencias.

No obstante, la organización del festival de paellas abrió sus puertas en el día previsto al asegurar que cumplía "los requisitos legales necesarios" para el evento, --con la asistencia de unas 25.000 personas--, y tras haber presentado una declaración responsable sobre instalaciones eventuales, portátiles o desmontables con un certificado OCA (Organismo de Certificación Administrativa).

En la desestimación del recurso, el consistorio confirma la motivación de la resolución contraria a la autorización por la deficiencia detectada al no producirse la ejecución de un nuevo acceso al recinto Multiespai La Punta por la previsión de producir una alteración urbanística y ambiental y porque no se podía cambiar para ello el uso de un suelo protegido de especial protección.

Asimismo, añade que el expediente no constaba la aportación de la auditoría acústica en materia de protección acústica pese a la proximidad vecinal y estando previsto un concierto de rock; porque no estaba aportada al expediente la autorización del ente ferroviario Adif, por lo que "no se podía aceptar 'condicionada' cualquier omisión referida a un hipotético riesgo producido por el paso de los trenes que usan la citada infraestructura viaria, pues el tantas veces citado principio precautorio impide una visión en el control de la actividad en cuestión que pase por alto un riesgo posible de consecuencias lesivas e irremediables para el público joven asistente".

Y sobre la declaración responsable, concluye que si se solicitó una autorización "por los importantes intereses públicos en juego", "no cabe argüir en vía de recurso que la vía competente para la obtención del título habilitante es la de declaración responsable", por la exigencia marcada por la ley en el número de asistentes y por los requisitos establecidos por el reglamento que se deben cumplir, como el hecho de que se presente ante el consistorio con un mes de antelación.

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