Más personas en riesgo de exclusión social podrán beneficiarse de la nueva Renta Valenciana de Inclusión

Els Servicis Socials de l'Ajuntament de Llíria tramitaran este recurs de la Generalitat

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Ayuntamiento de Llíria
Ayuntamiento de Llíria

La nueva Renta Valenciana de Inclusión ha entrado en vigor hoy, un modelo pionero que aspira a triplicar la población titular y beneficiaria de la anterior renta garantizada, mediante el reconocimiento del derecho subjetivo a una cobertura única para familias sin ingresos. Esta nueva norma, a diferencia de su predecesora, engloba todas las prestaciones en una, reduce notablemente la burocracia y, lo más importante, se mantiene indefinidamente mientras persista la situación.

“Actualmente, a este recurso se acogen en nuestra localidad 133 personas titulares y 422 destinatarias. Desde el área de Políticas Inclusivas entendemos que este cambio de modelo supondrá un incremento muy importante de las personas titulares y beneficiarias de esta renta, por tanto la mitad del equipo base de Servicios Sociales estará dedicado a su tramitación durante los primeros meses”, ha declarado la concejala del área, Vallivana Murgui.

¿Desde dónde se tramitará?

Lo hará el propio Ayuntamiento de Llíria a través del departamento de Servicios Sociales. Una de las novedades destacadas de esta renta es que la administración local es la competente en registrar e instruir los expedientes. De esta manera y equiparándolo al sistema sanitario, cada persona titular tendrá asignada un trabajador o trabajadora social que gestionará su programa de inclusión.

¿Qué pasa si soy titular de la anterior renta?

A partir de hoy mismo, todas las personas que soliciten ayuda y cumplan las condiciones serán titulares de la nueva Renta Valenciana de Inclusión. Este nuevo modelo convivirá durante seis meses con el anterior, cuyos titulares, al caducar, en el momento de renovarla, pasarán también al nuevo.

¿Cuáles son las dos modalidades que entran en vigor?

La modalidad principal que se pone en marcha a partir del día de hoy es la renta de inclusión social, que incorpora un acuerdo de inclusión voluntario entre la persona usuaria y el personal técnico de Servicios Sociales. En el acuerdo se diferenciará entre inclusión social e inserción laboral. Así pues, puede ser que el acuerdo que se valore prioritario sea garantizar la escolarización de los hijos o hijas o el compromiso de llevarlas a actividades de refuerzo a la escuela. La apuesta consiste en alejar las prácticas caritativas y asistenciales.

La cuantía de esta modalidad se calcula en referencia al salario mínimo interprofesional y puede añadirse a ella un 25% para pagar el alquiler o la hipoteca de la vivienda, así como los gastos de energía. Las tablas de cuantías reflejan que esta renta oscilará entre 515,30 euros mensuales para una sola persona y 809,40 euros para una familia de seis o más miembros. Si se le añade el 25% por la vivienda, la renta oscilará entre los 643,9 euros a una sola persona y los 1.011,8 euros para una familia de seis miembros o más.

La segunda modalidad, subsidiaria del anterior, es la renta de garantía de ingresos mínimos, cuyos titulares no suscriben el acuerdo de inclusión social por varios motivos, como la existencia de problemas de adicción o de salud mental que hagan que las personas no estén en condiciones de realizar un itinerario de inserción laboral. Las cantidades de esta ayuda son inferiores y van de 257,5 euros (321,9 con el 25% de vivienda) para una única beneficiaria, a 404,7 euros (505,9 con el plus de vivienda) para una familia de seis o más miembros.

¿Quién puede solicitarla en nuestro ayuntamiento?

Aquellas personas con residencia a Llíria y empadronadas los últimos 12 meses (además haber residido 5 de los 10 últimos años en la Comunidad Valenciana) y que se encuentran en situación de exclusión social o riesgo de exclusión (con recursos inferiores a la cuantía de la RVI).

Aunque existen excepciones, pues a las personas refugiadas no se les aplicará la exigencia de haber residido cinco de los diez últimos años en la Comunidad Valenciana. Tampoco se aplicará a personas asiladas, víctimas de violencia de género o de explotación sexual o trata.

A pesar de que, en general, la Renta Valenciana de Inclusión va destinada a mayores de 25 años, hay excepciones, como la de los mayores de 18 años que hayan estado uno o dos años de alta en la Seguridad Social y tengan una hogar independiente anterior, sean dependientes o presenten diversidad funcional; los huérfanos y los que hayan estado entre los 15 y los 17 años en el sistema de protección o de reeducación para menores, que afecta a quienes hayan sido menores tutelados por la Generalitat.

Todavía se reducirá más el mínimo de edad, hasta los 16 años, en caso de que tengan otros menores, personas con diversidad funcional o dependientes a su cargo, que hayan sido víctimas de explotación sexual, de violencia de género o intrafamiliar o que estén participando en un programa de preparación para la vida independiente.

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